Ley Johanna: por un protocolo que aborde la muerte perinatal

Según Unicef, cada 16 segundos se produce una muerte perinatal en el mundo.

04 de noviembre, 2020 | 19.03

El caso de Johana Piferrer y la muerte de su hijo Ciro es emblemático porque visibilizó la violencia obstétrica que atraviesan las personas gestantes en el sistema de salud y puso en agenda una problemática como es la muerte perinatal. Ahora, ella junto al colectivo de mujeres Eva Perón de Lanús reclaman que el proyecto de ley que ingresó este año Procedimiento de Atención en la Salud frente a la Muerte Perinatal no pierda estado parlamentario y sea tratado en las comisiones.

El proyecto fue presentado por la diputada del Frente de Todos Magdalena Sierra y fue girado a la Comisión de Salud. La iniciativa busca una nueva conquista de derecho para las mujeres y personas gestantes que atravesaron la muerte perinatal y apunta a generar herramientas para los y las profesionales de salud, con el fin de transformar/erradicar prácticas de atención violentas. Si el expediente no es tratado para antes del 22 de noviembre, fecha que concluyen las sesiones ordinarias, perderá estado parlamentario y deberá volver a presentarse, retrasando aún más su tratamiento.

Un informe de Unicef publicado en octubre del 2020 advierte que cerca de 2 millones de bebés nacen muertos cada año, lo que significa que cada 16 segundos se produce una muerte perinatal. La estimación surge de las primeras estimaciones conjuntas de mortalidad fetal del organismo junto a la Organización Mundial de la Salud, el Grupo Banco Mundial y la División de Población del Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de las Naciones Unidas.

El caso de Johanna fue el primer caso de muerte perinatal que pudo ser judicializado y puso en evidencia la violencia que sufren las mujeres y personas gestantes en la sala de parto. Pero no basta con que la Justicia se haya hecho un lugar para tomar un caso porque son cientos de casos los que ocurren, por lo cual, Johanna junto al colectivo de mujeres impulsan un proyecto de Ley para que el Estado de una respuesta integral a esta situación.

La muerte perinatal es la que ocurre entre la semana 22 de gestación a la primera semana después de nacer. “Si bien contamos con la Ley de Parto Respetado y tenemos derecho a la hora de parir, no se contempla la muerte perinatal de forma específica. Esto habilita un montón de prácticas violentas. No se obliga a ninguna persona a hacer algo que no quiera o sienta, pero sí otorga derechos a la hora de parir a un hije deseade sin vida”, explicó Johanna Piferrer en una entrevista con El Destape.

Sobre los principales puntos del proyecto, la mujer planteó la importancia de que la persona gestante o la mujer “pueda elegir de qué manera parir a une hije deseade sin vida, siempre y cuando su vida no corra peligro, a recibir información sobre la lactancia y sus métodos de inhibición porque el cuerpo sigue su método natural, a poder elegir estar internada en el área de maternidad o en un área apartada porque la situación es totalmente distinta al resto”

“Las mujeres y personas gestantes que atravesamos esto, estamos internadas al lado de mujeres que parieron hijes con vida”, reclamó Johanna. Otro eje central del proyecto es poder registrar de manera administrativa e institucional, si la persona eligió el nombre del bebe. “No queremos modificar el código civil”, aclaró Piferrer, pero explicó la necesidad de que exista un registro en algún lugar con el fin de que “se estudie las causas de por qué ocurre esto y si se puede evitar”.

“Poder registrar el nombre que elegiste, poder despedir y da una despedida digna”

En su historia personal, Johanna recordó: “Tuve la suerte de acceder a una cochería que tuvo la empatía de registrar a un N.N pero en el acta de defunción figuró mi nombre con la descripción feto NN 33 semanas de gestación masculino, lo que pesó y midió. Tuve que decidir cremarlo porque su tumba iba sin identificación”.

La urgencia de tratarlo no es solo para que no pierda estado parlamentario, sino que es también salud pública atender los casos de muerte perinatal de forma integral. Durante la pandemia, las violencias se encrudecieron, como así también, el acceso de personas gestantes y mujeres de bajos recursos a una atención obstétrica de calidad.  Así lo relata Johanna: “El martes pasado, intervenimos en una muerte perinatal de 28 semanas. Desde las 4 de la mañana a las 12 del mediodía, la mujer estuvo internada en observación sabiendo que, dentro de su panza, estaba su hija muerta. Estuvo sola porque no dejaron ingresar al acompañante (por la pandemia). Intervenimos, recibió atención psicológica, pero esa mujer parió sola”.

“Lo que viene hacer el proyecto es a conquistar nuevos derechos, a visibilizar realidades que atravesamos las mujeres y personas gestantes”, sentenció.

Objetivos y alcances del proyecto

El proyecto debe discutirse en la Comisión de Salud; de Mujeres, Géneros y Diversidad; por la de Niñez y Familia; y por la de Presupuesto. No hay alguna explicación que alcance para argumentar por qué el expediente todavía no se trató. La iniciativa apunta a que los profesionales de la salud que intervengan en el momento del parto posean el conocimiento de "procedimientos de actuación estandarizados que faciliten la atención sanitaria de aquellas personas gestantes y familias que sufren una muerte perinatal". Además, plantea que se lleven adelante "diversas estrategias para que la persona gestante, pareja y/o familia puedan atravesar y aceptar la pérdida en un ambiente de contención y cuidado". 

Además, establece que las mujeres y personas gestantes que atraviesen una muerte perinatal deberán tener los siguientes derechos:

  • A recibir información sobre las distintas intervenciones médicas de manera que puedan optar libremente cuando existieren diferentes alternativas.
  • Al tratamiento con respeto, de modo individual y personalizado que le garantice la intimidad durante todo el proceso y tenga en consideración sus pautas culturales.
  • A tomar contacto con el cuerpo sin vida, teniendo la opción de hacerlo acompañados/as por un/a psicólogo/a.
  • A decidir el destino final del cuerpo sin vida siempre que no haya oposición formal, válida y legal.
  • A designar un/a acompañante en cualquier momento del proceso. Deberá ser respetada la decisión de no ser acompañada
  • A tomar conocimiento fehaciente de las causas que originaron el deceso, en cuyo caso, podrán solicitar la realización de la autopsia o estudio anátomo patológico del cuerpo.
  • A ser internada en un servicio que no corresponda con el propio de maternidad.
  • A recibir información sobre lactancia y métodos de inhibición de la misma
  • A recibir tratamientos médicos y psicológicos post internación a fin de reducir la prevalencia de trastornos derivados de duelos crónicos y el debido seguimiento de los mismos.
  • A no ser sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación, salvo consentimiento manifestado por escrito
  • A que se confeccione el acta de defunción con el nombre y el apellido, en lugar de las siglas NN

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