La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) cuestionaron el fallo de la Suprema Corte bonaerense que “reencauzó” los arrestos domiciliarios de detenidos considerados grupos de riesgo frente al coronavirus que había resuelto la Casación Penal provincial. Los organismos ven la sentencia con “preocupación”. Las cárceles son uno de los focos más peligrosos para la expansión del covid-19 dado los altos niveles de superpoblación y el hacinamiento. En la provincia de Buenos Aires la población carcelaria duplica la capacidad que tiene el servicio penitenciario.
“Grave retroceso de la Suprema Corte bonaerense frente a la pandemia en las cárceles”, tituló un comunicado la Comisión Provincial por la Memoria (CPM). El organismo que preside el Premio Nobel de la Paz, Adolfo Pérez Esquivel, “rechaza la sentencia de la Corte provincial que, en los hechos, revoca las líneas de actuación recomendadas por Casación y así clausura la única iniciativa estructural efectiva para atender la crisis sanitaria que se vive en cárceles y comisarías bonaerenses por el avance del coronavirus”. Reprocharon que no se atienda la problemática que se vive en los lugares de encierro.
Desde el CELS, la directora ejecutiva Paula Litvachky afirmó que ven “con bastante preocupación” la decisión de la Suprema Corte “por el impacto que puede tener hacia adentro del sistema judicial en la provincia de Buenos Aires”. El pasado lunes el máximo tribunal “recondujo” un hábeas corpus colectivo para que las domiciliarias que se habían habilitado en el marco de la pandemia sean resueltas por los jueces de primera instancia. Es decir, reencauzó lo colectivo a un caso por caso.
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“Lo que hace la Suprema Cortes es tomar una decisión que parece intermedia, en el sentido de que no revoca del todo la decisión de Casación pero al mismo tiempo divide la decisión en cada uno de los jueces de las causas, lo que hace que se desnaturalice el procedimiento colectivo y plantea un montón de requisitos para que las personas detenidas obtengan el arresto domiciliario o las excarcelaciones. El impacto que va a tener es que ese proceso va a ser mucho más lento, por lo que difícilmente se pueda ver en el corto plazo que la situación en los lugares de encierro se alivie”, añadió Litvachky.
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La directora ejecutiva del CELS también alertó que “se está reaccionando con una decisión bastante restrictiva a partir de la reacción social vinculada a la discusión sobre las salidas que, como se terminó viendo después, no eran masivas”. Y concluyó: “No estamos encontrando cuál va a ser la vía de solución de la provincia de Buenos Aires para mejorar la situación de los lugares de encierro que es necesario mejorar de acuerdo a los criterios internacionales y que están haciendo muchos otros países”.
Consultados por este medio, desde el gobierno bonaerense dijeron que no iban a opinar sobre el tema. Según pudo reconstruir El Destape, entienden el fallo como un freno a lo que había dispuesto Casación.
Comunicado de la CPM
En un comunicado que se publicó el 11 de mayo, la CPM consideró el fallo de la Corte como una revocatoria de lo dispuesto por Casación. Por eso, “rechaza esta decisión que significa un grave retroceso frente a la única medida estructural efectiva que tomó la justicia bonaerense para descomprimir el hacinamiento y sobrepoblación en cárceles y comisarías, tal como lo recomendaron organismos internacionales de derechos humanos”.
“Como si se tratara de una situación normal, cada juez deberá analizar los pedidos de arrestos domiciliarios que formulen sus detenidos, en un trámite lento e ineficaz frente a la gravedad y necesidad de medidas urgentes”, se criticó desde el organismo cuyo referente es Pérez Esquivel.
“La sentencia de la Corte bonaerense no sólo anula las reglas comunes de actuación dispuestas y recomendadas por el juez Víctor Violini sino que, además, no dicta ninguna norma práctica para la actuación judicial”, añadió la CPM.
En un pasaje del documento, la comisión resaltó que “lo preocupante es que los jueces deciden con criterios regresivos y contrarios a estándares internacionales de derechos humanos”. Y recordó que “en diciembre pasado, la Corte los convocó a una reunión y les llamó la atención sobre la crisis carcelaria, el uso poco racional de las prisiones preventivas y la necesidad de apelar a medidas alternativas a la prisión, adecuando sus resoluciones a lo dispuesto por el Sistema Interamericano de DDHH”. Es que la provincia de Buenos Aires tiene los índices de sobrepoblación y hacinamiento más altos de su historia: hay más de 45 mil presos cuando hay capacidad en el sistema penitenciario para 24 mil personas.
La comisión también destacó en el comunicado que “los jueces de la Corte no consideraron en ningún momento la situación conflictiva que se vive en las cárceles y comisarías, por la desesperación que provoca en las personas detenidas conocer su vulnerabilidad extrema frente a la pandemia. A esto debe agregarse que la atención sanitaria es inexistente y no se proveen elementos para la prevención del coronavirus”.
Se cerró el comunicado definiendo el fallo como “un lamentable retroceso de la Corte provincial en la protección de los derechos humanos y la lucha contra el coronavirus en los lugares de encierro”.
Fallo Corte
El lunes, la Suprema Corte de Justicia bonaerense resolvió el alcance del hábeas corpus relativo a las domiciliarias para detenidos en grupos de riesgo en el marco de la pandemia: en un fallo unánime decidió “reconducir” lo resuelto por el Tribunal de Casación Penal y precisó que la definición de las “excarcelaciones” deberá hacerse caso por caso y siguiendo una serie de directrices, siempre considerando los derechos de las víctimas. La decisión alcanzó también a las morigeraciones ya otorgadas. El Tribunal de Casación Penal había fallado previamente en respuesta a un hábeas corpus colectivo presentado por los 19 defensores generales.