Se cae la maniobra con la que el macrismo intentó tapar el escándalo que involucraba al espía ilegal Marcelo D'Alessio y el fiscal Carlos Stornelli en operaciones de inteligencia clandestinas que derivó en múltiples investigaciones sobre los sótanos de la democracia. Cuando comenzó el caso D'Alessio, en febrero de 2019, Elisa Carrió utilizó unas transcripciones de escuchas ilegales a los presos políticos en la cárcel de Ezeiza que llegaron a sus manos de forma anónima (típica estrategia de los servicios de inteligencia) para afirmar que todo el caso D'Alessio era una operación del kirchnerismo.
Hizo una denuncia que se conoce como "Operación Puf". Stornelli, aún hoy procesado por dos hechos de espionaje, se presentó en ese momento como querellante en la causa "Operación Puf" armada por Carrió y la ex SIDE. Ahora el fiscal Franco Picardi dice que esas escuchas y transcripciones fueron obtenidas de forma ilegal y que no pueden ser utilizadas como prueba de nada.
Picardi consideró que las interceptaciones telefónicas que se realizaron en la cárcel de Ezeiza y dieron cuerpo a la "Operación Puf" fueron tomadas de forma ilegal y le solicitó al juez Daniel Rafecas que excluya su transcripción del requerimiento de instrucción y de todo el caso. De esta forma, deja la causa a un paso de su cierre. Ahora la decisión final la tendrá Rafecas.
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“Son indudablemente ilegales, ya que al momento en que se produjeron las grabaciones no existía una habilitación judicial que permitiera vulnerar los derechos de las restantes personas que fueron grabadas”, aseguró Picardi para luego dictaminar que deben excluirse de la causa Puf.
¿Por qué es relevante esta decisión de Picardi? Porque la columna vertebral de la Operación Puf, que apuntó a derribar el caso D’Alessio, fueron las escuchas ilegales que la AFI macrista en complicidad con el Servicio Penitenciario Federal realizó en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza durante el gobierno cambiemita. La excusa para grabar las conversaciones fue un expediente que se abrió en los tribunales federales de Lomas de Zamora contra el narco Mario Segovia, en el que se intervinieron los teléfonos de los pabellones donde se encontraban detenidos dirigentes políticos kirchneristas como Carlos Zannini o Amado Boudou, por citar dos ejemplos. La desgrabación de esas escuchas, por decisión de la justicia de Lomas de Zamora estaba a cargo del área de Contrainteligencia de la AFI. La orden judicial remarcaba que se debía destruir todo lo que no fueran conversaciones de Segovia. Eso no pasó.
Para peor, las transcripciones sobre las escuchas a los dirigentes políticos y empresarios nunca se enviaron a la causa Segovia, algo que informó El Destape y que ahora reconfirmó Picardi. No obstante, está comprobado que hubo transcripciones. Ilegales, claro. Todo indica que las realizó el área de Jurídicos de la exSIDE y tuvieron otro destino cuando se produjo el allanamiento en el domicilio del espía D’Alessio.
La escucha “fue, es y será ilegal”
El fiscal Picardi se hizo eco de los planteos que realizaron el abogado Alejandro Rúa, representante legal de Roberto Baratta, y Juan María Ramos Padilla, quienes pidieron la nulidad de las escuchas telefónicas que nutren el caso. Storenlli, que es querellante en esta causa, había planteado el rechazo de las nulidades. Es decir, buscó sostener las escuchas ilegales en una postura diametralmente opuesta a la que tuvo actuando como fiscal en el caso de los chats filtrados del exministro porteño Marcelo D’Alessandro y Silvio Robles, la mano derecha de Horacio Rosatti, donde dictaminó por cerrar el caso.
La actitud de Stornelli no sorprende. El fiscal está procesado en el D’Alessiogate, por lo que es el principal interesado en que la Operación Puf se mantenga en pie. La vigencia de ese expediente la utiliza para buscar contrarrestar los elementos que lo comprometen en la causa que se inició en la justicia federal de Dolores.
Picardi fue contundente. Corroboró que la causa Puf se inicia por una presentación de las diputadas de la Coalición Cívica Paula Oliveto y Mariana Zuvic, quienes en nombre de Carrió acercaron un escrito en Comodoro Py en febrero de 2019 que le había llegado a la cofundadora de Cambiemos. Allí se hablaba de una serie de supuestos delitos. La base de esa nota que presentaron las “lilitas” eran “transcripciones de escuchas telefónicas verosímiles […] ordenadas en la causa 41475/2016 por el Juzgado Federal Criminal y Correccional Nro. 2 de Lomas de Zamora”. La referencia es a la causa Segovia. El punto es que esas transcripciones nunca estuvieron en una causa judicial. Y la orden que había dado el juez del caso Segovia, Federico Villena, era que se destruyera lo que no concerniera a ese detenido.
“El juez que ordenó las intervenciones en el marco de la causa FLP 41475/2016 no tenía ningún conocimiento de que se estaban produciendo escuchas y transcripciones vinculadas con los hechos que importan en estos obrados”, escribió Picardo en referencia a Villena.
Luego, Picardi determinó que “debe excluirse del proceso toda la actividad jurisdiccional vinculada a la incorporación del resultado de las intervenciones telefónicas (discos compactos remitidos por la DAJUDECO y la AFI a partir de su requerimiento en el marco de la causa 9608/2018), y sus posteriores transcripciones. Tal postura, se asienta en la convicción de que las escuchas y transcripciones mencionadas carecen de entidad para ser consideradas válidas de conformidad con las reglas de la exclusión de la prueba -y de las nulidades-, por cuanto se trata de prueba ilícita, y su obtención y utilización vulnera el derecho a la intimidad y a la privacidad”.
El razonamiento es simple: “Todas las grabaciones que se produjeron, y que no se hallaban vinculadas con el investigado Segovia, no se encontraban abarcadas por la orden del tribunal, por lo que su escucha fue, es y será ilegal. Ello, por cuanto sobre el contenido de las grabaciones ajenas a Segovia no existe orden judicial y, por ende, nunca debió existir escucha”. Picard resaltó que “la única razón por la que los discos con las grabaciones ordenadas poseían conversaciones de personas que no eran el investigado Segovia fue circunstancial y respondió a cuestiones técnicas, pero claramente no se hallaban dentro de la orden del juez”. Acto seguido, suma que “la divulgación del contenido de las intervenciones telefónicas que se efectuó, a través de la entrega de transcripciones a terceras personas, es ilegal”.
Esto derriba la posición de Stornelli que intenta escudarse en el caso Segovia para decir que las escuchas sobre los detenidos políticos fueron legales. Entre esas escuchas figuran diálogos entre presos y sus abogados.
Por todo esto, el fiscal sostiene que “la solución que se impone a raíz de los argumentos expuestos es una: la exclusión de evidencias obtenidas en base a una ilegalidad sustantiva con afectación a derechos fundamentales y, por la aplicación de la doctrina del árbol venenoso, también debe ser excluido todo acto que derive de ello”.
Así se lo planteó al juez: “Considero necesario excluir de la presente las partes correspondientes del requerimiento de instrucción de fojas 10/13 en las que fueron plasmadas las transcripciones telefónicas correspondientes a la causa 41475/2016 y todo lo actuado en consecuencia, como así también toda la actividad jurisdiccional vinculada con la incorporación del producido de las intervenciones telefónicas y su posterior transcripción; por haber afectado derechos fundamentales en su producción, recolección y sistematización”.
Un caso paradigmático de Lawfare
El 6 de febrero de 2019 se produjo un hecho que provocó un punto de quiebre en el devenir del Lawfare en la Argentina. En el gobierno de Mauricio Macri se activaron todas las alarmas. Y se multiplicaron las operaciones ilegales. Aquel día, el juez federal de Dolores Alejo Ramos Padilla allanó el domicilio del espía ilegal Marcelo D’Alessio, en el country Saint Thomas. El procedimiento se extendió hasta el día siguiente. Apenas unas horas después de que finalizara el operativo, el 7 de febrero, la cofundadora de Cambiemos, Elisa Carrió, subió un tuit en el que sostuvo que estaba en marcha “una operación para ensuciar a Stornelli”. La “Operación Puf” empezaba a mover sus engranajes. Para ese entonces, la dirigente de la Coalición Cívica ya había recibido el material que la AFI macrista había recopilado de forma ilegal en la cárcel de Ezeiza. Eran las transcripciones de las escuchas ilegales que Carrió llevó al día siguiente a Comodoro Py –vía Mariana Zuvic y Paula Oliveto- para darle impulso a la causa que creó la exSIDE para derribar el caso D’Alessio.
Una serie de datos revelan la desesperación del macrismo cuando se destapó el D’Alessiogate: las transcripciones que utilizaron para esa presentación de Carrió incluían conversaciones del 5 de febrero. La AFI retiró de la Dajudeco el cd 539 con la grabación ilegal de esos diálogos el 6 de febrero a las 15.33. Es decir, en 24 horas el organismo de inteligencia se encargó de desgrabar el material y hacérselo llegar a la cofundadora de Cambiemos para activar un plan que obstaculizara el trabajo de Ramos Padilla. La AFI tuvo esa escucha en su poder apenas un día. Y nunca pasó por un juzgado. Era una escucha ilegal, tal como ahora lo reafirma el fiscal Picadi. Evidentemente, en aquel entonces en la Casa Rosada y en la central de espías tenían pleno conocimiento de que estaba por abrirse una caja de pandora en los sótanos de la democracia.
“Operación Puf”, que involucró a dirigentes políticos e intentó comprometer al juez Alejo Ramos Padilla, que tenía a su cargo el D’Alessiogate, se transformó en un expediente paradigmático de persecución judicial en el que articularon su accionar los servicios de inteligencia, medios de comunicación hegemónicos y jueces y fiscales del Lawfare, que pronto mostraría todos sus hilos.
¿Por qué los medios de comunicación? Porque en plena operación, las escuchas se pasaron en los programas del prime time de la televisión. Como publicó este medio, el fiscal procesado Stornelli buscó la “legitimación judicial” de las escuchas ilegales luego de que se difundieran en los programas de Luis Majul y Jorge Lanata. En un escrito que presentó ante el difunto juez Claudio Bonadío el 27 de mayo de 2019, es decir, al día siguiente de la “filtración” en los medios, dijo que “la aparición de las escuchas legales (sic) demuestran la operación que se pretendió llevar a cabo”.
El mediático fue uno de los tantos capítulos que tuvo esta operación que ahora empieza a deshacerse de raíz.