El gobernador Axel Kicillof reglamentó la “Ley de Generación Distribuida”. El decreto N°2371/2022 publicado en el Boletín Oficial reglamenta la Ley 15.325 la cual establece que, los vecinos y vecinas de la provincia de Buenos Aires, podrán convertirse en “usuarios-generadores” (UG) instalando paneles solares en sus domicilios y venderle la energía que generen a las empresas distribuidoras.
De esta manera, estarán habilitados para poder generar energía con fuentes renovables para el autoconsumo, y además podrán inyectar el propio excedente de energía a la red eléctrica y lograr así bajar los costos de facturación.
A modo de ejemplo, un usuario o usuaria que viven en la ciudad de La Plata, tiene paneles solares en su casa y genera energía de más - esto significa que su consumo está cubierto y aún así posee un excedente -, podrá volcarlo a la red energética y vendérselo a la empresa distribuidora, que en este caso es Edelap.
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Para promover la utilización de paneles solares y generar energías renovables, la gestión provincial incorporó 2 exenciones impositivas que durarán 12 años. Por un lado no se cobrará el impuesto a los Ingresos Brutos por la inyección de los excedentes de energía renovable a la red de distribución.
Tampoco se cobrará el impuesto de Sellos (2%) a los nuevos contratos que suscriban los usuarios y usuarias con las empresas distribuidoras. Según explicaron desde el área de Energía a El Destape, “cualquier usuario posee un contrato con la empresa de luz, pero ahora se generará un nuevo contrato ya que el usuario será ‘usuario generador’”. En ese nuevo contrato no se cobrará el impuesto de Sellos.
La posibilidad de generar e inyectar energía en forma particular no sólo genera ahorros en las facturas del servicio eléctrico, sino también permite un uso más eficiente de la energía, y promueve hábitos de cuidado ambiental imprescindibles para el futuro. “Es una energía más eficiente porque no tiene transporte, no tiene pérdidas y alivia la tensión”, señalaron.
Con la nueva ley, habrá tres tipos de energía eléctrica: el que cualquier persona toma de la red como usuario; el que se podrá generar a través de paneles solares, y que se inyectará a la red de energía como excedente de los paneles solares.
MÁS INFO
Vale remarcar que, en la reglamentación de la ley, se designó como autoridad de aplicación al ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos. Se creará el Registro de Usuarios-Generadores de Energía Renovable de la Provincia de Buenos Aires (RUGER), en el ámbito del Organismo de Control de Energía Eléctrica de la provincia de Buenos Aires (OCEBA). Los usuarios y usuarias generadoras (UG) deberán anotarse en el RUGER para acceder a los beneficios.
La normativa provincial define como usuario generador al hogar que instala en el domicilio equipos de energía renovables destinados a su propio consumo, y con la posibilidad de volcar los eventuales excedentes de electricidad a la red de distribución eléctrica. En este caso, no están comprendidos los grandes usuarios o autogeneradores del mercado eléctrico mayorista.
Los UG de Edenor y Edesur -ya adheridos a la ley nacional- que deseen acceder a los beneficios provinciales, deberán ingresar su certificado de usuario generador expedido por el Registro nacional en el RUGER, a través de su distribuidora.