En las Elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) de 2023, los votos en blanco tienen un papel significativo en el resultado electoral, ya que se suman al total de votos afirmativos. Esto puede ser crucial para determinar el número de sufragios de las diversas fuerzas políticas, las cuales deben superar el umbral mínimo del 1,5% de los votos del padrón total para poder competir en las elecciones generales que se llevarán a cabo el 22 de octubre.
Los votos en blanco se caracterizan por ser aquellos que se emiten en un sobre vacío, sin contenido alguno, o con un papel de cualquier color sin inscripciones, imágenes, textos u objetos extraños. También pueden considerarse votos en blanco aquellos en los que el sobre contiene una boleta oficializada, pero falta el segmento correspondiente a una categoría específica; en tal caso, se contabiliza como voto en blanco únicamente para esa categoría en particular.
Cómo se contarán los votos en blanco
La influencia del voto en blanco en las PASO 2023 se refleja de la siguiente manera: en estas elecciones, los votos en blanco se tienen en cuenta para calcular el porcentaje de votos obtenidos por cada lista que compite.
Para ilustrar esto, consideremos un ejemplo hipotético: si en las PASO, de un total de 30 votos emitidos, 10 votos fueron para un candidato, 10 para otro, y 10 fueron en blanco, cada candidato habría recibido el 33% de los votos. Sin embargo, en las elecciones generales, donde se excluyen los votos en blanco, cada candidato habría obtenido el 50%, ya que la base para el cálculo se reduce a 20 votos (los votos afirmativos).
Por otro lado, en las elecciones generales, de acuerdo con la Constitución Nacional de 1994 sólo se cuentan los votos afirmativos para calcular los porcentajes, es decir, los votos que eligen una boleta de candidatos. Esto significa que los votos en blanco no se consideran en el cálculo de los porcentajes en las elecciones generales.
Tipos de votos
Para comprender mejor el papel del voto en blanco, es importante diferenciar entre las distintas categorías de votos, según lo detallado por la Dirección Nacional Electoral.
MÁS INFO
- Voto válido: Emitido mediante boleta oficializada, incluso si presenta tachaduras de candidatos/as o alteraciones menores en la boleta, siempre y cuando el encabezado se mantenga intacto. Si un sobre contiene varias boletas oficiales del mismo partido y categoría de candidatos, solo se contabiliza una de ellas, y las demás se descartan.
- Voto afirmativo o positivo: Expresa la voluntad política del elector a favor de una agrupación política en una categoría específica y se refleja en una boleta oficializada.
- Voto nulo: Emitido mediante boletas no oficializadas, boletas incompletas o que contengan inscripciones o leyendas no autorizadas. También se considera nulo si el sobre contiene objetos extraños o varias boletas de diferentes agrupaciones para un mismo cargo.
- Voto recurrido: Cuestionado por un fiscal presente en la mesa debido a posibles irregularidades. El fiscal debe fundamentar su objeción y se detallan las causas en un volante especial proporcionado por la Junta.
- Voto de identidad impugnada: Emitido por un elector cuya identidad es cuestionada por las autoridades de la mesa o los fiscales. Este tipo de voto se contabiliza pero no se escruta; se envía cerrado a la Justicia Nacional Electoral para que determine su validez o nulidad. Este procedimiento se aplica en casos de electores identificados en el padrón como "ausentes por desaparición forzada".