El establishment ya advirtió que Cristina 2023 es un escenario posible y tiene diseñada la traza para una proscripción. El instrumento es el Poder Judicial; la herramienta, la “causa Vialidad”; el camino, una condena que si bien en principio no podrá encarcelarla sí puede inhabilitarla. La Corte Suprema ya dio vía libre e incluso avaló que el control de la sentencia lo hagan los camaristas Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, recientemente sobreseídos -sin ser investigados- por sus reuniones con Mauricio Macri en la quinta de Olivos. En una loa al periodismo de anticipación Joaquín Morales Solá publicó que el alegato del fiscal Diego Luciani, que en unos días pedirá esa condena para CFK, es “una conmovedora exposición sobre la corrupción en la obra pública”. Cuando CFK declaró al inicio del juicio de Vialidad dijo que su sentencia ya estaba escrita. No se equivocaba.
Una condena de CFK en el caso Obra Pública Vial abre el camino para una posible proscripción. Para que eso suceda se tiene que dar el siguiente escenario: primero, tal como ya anticiparon Clarín y La Nación, debe concretarse una condena en la causa Vialidad. ¿Cuándo sucederá? El 11 de julio comienzan los alegatos finales. Luego, el tribunal que conforman los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso dará su veredicto. Eso, según allegados al expediente, puede suceder entre fin de año y principios del 2023. ¿Pruebas? A donde vamos no hacen falta pruebas sino slogans de campaña. Cristina condenada es uno y muy bueno.
Morales Solá escribió que “Cristina Kirchner no quería que el juicio oral llegara al instante en que se abriera el micrófono del fiscal Luciani, porque supone que ese alegato será por sí solo una condena. La Corte habilitó de hecho ayer a Luciani para que pueda exponer su ‘yo acuso’ y facultó al tribunal oral para que decida si la condenará o no”. Lo cierto es que el “Yo acuso” fue escrito por Emile Zola (un intelectual, no un fiscal) para defender al capitán Alfred Dreyfus por un juicio donde lo estaban condenando sin pruebas. ¿Acaso el fiscal Luciani saldrá del closet y revelará que todo es una causa armada para perseguir a CFK? No, JMS y Asociados mezcló todo. Luciani ya adelantó que pedirá una condena.
Como se trata de un caso de corrupción, además de la pena de cárcel se espera que si el tribunal define una condena incluya una inhabilitación tanto para ejercer cargos públicos como para postularse. Tanto la prisión como la inhabilitación entrarían en vigencia una vez que el fallo esté firme, es decir, cuando termine de ser revisado por todas las instancias. Esto implica que queda firme cuando intervenga la Corte Suprema (o cuando se rechace el recurso extraordinario a la defensa de CFK). Para esto, los titiriteros del lawfare deberán ajustar los tiempos judiciales, pero tienen experiencia. La clave, sin embargo, es la inhabilitación.
En caso de una condena, ¿CFK iría presa? No, porque tiene que ser confirmada y aún así CFK tiene fueros hasta que termine su mandato y es muy improbable que la oposición logre quitárselos.
Pero el eje de la proscripción no es la prisión, como sucedió con Lula Da Silva en Brasil, sino la inhabilitación. En caso de una condena, ¿CFK podría ser candidata? Ahí está la clave, siempre teniendo en cuenta que entraría en vigencia una vez confirmada.
Hay dos tipos de inhabilitaciones, la absoluta y la especial. La absoluta está en el artículo 19 de Código Penal, y priva del “empleo o cargo público que ejercía el penado aunque provenga de elección popular”, no permite que participe de elecciones y le quita cualquier jubilación o pensión. El artículo 20 dice que la “inhabilitación especial para derechos políticos producirá la incapacidad de ejercer durante la condena aquellos sobre que recayere”.
¿Dan los tiempos para que se active la mentada inhabilitación previo a las elecciones? Quienes conocen los vericuetos judiciales creen que la sentencia puede llegar antes de las elecciones pero la confirmación, sea de la Cámara de Casación o de la Corte, puede llegar luego de los comicios o aún tras una hipotética asunción. El Código Penal permite tanto inhabilitarla como interrumpir un mandato. Eso si los tiempos fueran comunes, corrientes y de acuerdo a la ley. Pero tratándose de CFK es evidente que con una condena del tribunal, aún sin que esté confirmada, la presión opositora y mediática será feroz. La Constitución no es algo que les preocupe.
Esto implica que una condena abre la puerta no solo a forzar una proscripción (que se descuenta que intentará fogonear la oposición) sino también que entrega a la Corte la posibilidad de interrumpir un mandato de CFK, si es que se presenta a elecciones y es elegida para un cargo. Porque si la sentencia se ejecuta cuando quede firme, y eso está en manos del Alto Tribunal, que no tiene plazos para expedirse, los supremos podrán administrar los tiempos políticos a su antojo para decidir cuándo condicionar un mandato de la actual vicepresidenta. Está claro que la decisión del TOF 2 en esta causa empodera a los cuatro ministros cortesanos.
Si la Corte decidiese dejar firme una condena con CFK ya en un cargo, desde tribunales explicaron que podría oponerse un planteo para que no se obstaculice el desempeño del mandato popular hasta que se agote el plazo del cargo. Siendo así, se suspendería la ejecución de la inhabilitación y/o privación de libertad hasta que finalice el mandato. Está claro que esta discusión que puede abrirse post elecciones 2023 dependerá de la musculatura política que pueda adquirir la fuerza que apuntale CFK.
“Este es un tribunal del lawfare que seguramente tiene la condena escrita. A mi me absolvió la historia. Y a ustedes seguramente los va a condenar la historia”, dijo CFK el 1 de diciembre de 2019, cuando declaró ante los jueces Gorini, Giménez Uriburu y Basso. Desde entonces el Tribunal Oral Federal N 2 sostiene esta puesta en escena pese a que a cada audiencia se desmorona la acusación. La razón de su actitud aparece cada vez más nítida.
¿Cómo es el camino para que la sentencia del TOF 2 quede firme? Una vez que los jueces Gorini, Giménez Uriburu y Basso firmen su veredicto el caso será revisado por la Cámara Federal de Casación Penal. Cuando, hace unos días, la Corte dio vía libre para esta condena cantada, además de rechazar todas las impugnaciones que planteó la defensa de CFK avaló que la Sala IV de la Cámara de Casación sea la que revise la sentencia. Esa sala está conformada por Hornos, Borinsky y Javier Carbajo. Los 2 primeros eran los que se reunían con Macri en fechas clave para el armado de causas contra CFK; a Carbajo lo nombró Macri.
La defensa de CFK había planteado que en esta causa debe intervenir la Sala I, que integran Diego Barroetaveña, Daniel Petrone y Ana María Figueroa, ya que por allí tramitaron las que llaman “causas conexas” como Hotesur y Los Sauces. “Cuando esta causa llegó a Casación, insólitamente se la quedó la sala IV”, explicaron desde las defensas.
La Corte volvió a decir “siga, siga”: “Debe señalarse que los agravios vinculados a la pretendida vulneración de la garantía del juez natural por haber intervenido la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal en lugar de la Sala I no han sido fundados mínimamente”, sostuvieron los cortesanos. Hornos y Borinsky tienen vía libre.
Si la Casación –es decir, Hornos y Borinsky- confirmase la condena que pretende la oposición, el caso tendrá una última escala en la Corte, que es la Corte del lawfare. En ese contexto, el poder de condicionamiento político que tendrá el Alto Tribunal será determinante. El macrismo sabe que la persecución judicial que impulsó no fue en vano.
Por todo esto, el caso de la Obra Pública Vial, que se abrió por una denuncia del macrista Javier Iguacel y está repleto de irregularidades, se transformó en un juicio clave.