La Corte Suprema de Justicia suspendió las elecciones previstas para este fin de semana en San Juan y Tucumán. En ambos casos, la Justicia hizo lugar a pedidos para revisar la situación de los candidatos en las provincias. El primero es el caso de Sergio Uñac, que buscaba ir por un cuarto mandato. En el caso de Tucumán, los supremos aceptaron un pedido de inconstitucionalidad presentado por la oposición en contra de la candidatura de Juan Luis Manzur como candidato al cargo de vicegobernador para el período 2023-2027.
La decisión tomada por los miembros de la Corte -aunque no firmada por Ricardo Lorenzetti, que está de viaje en Roma para dar una charla- fue, en el caso de San Juan, en contra de la postura del Tribunal Electoral que había dado el visto bueno para que Uñac que presentara. En ese entonces -hace tan sólo un mes-, el frente opositor de Unidos por San Juan (UxSJ), ex Juntos por el Cambio, que conduce Marcelo Orrego, la subagrupación Evolución Liberal, el partido municipal Horizonte Democrático (Hordem) y el candidato a gobernador opositor Sergio Vallejos habían impugnado esta posibilidad y anunciaron que se presentarían ante las máximas autoridades judiciales, tal como lo hicieron. Según entienden, el actual mandatario transita su tercer periodo al frente del Ejecutivo, aunque en un caso su paso fue por la vicegobernación entre 2011-2015.
En esa línea, el pedido presentado sostiene que "la habilitación del Tribunal Electoral de la Provincia de San Juan a una nueva candidatura del actual gobernador desconoce el límite a la posibilidad de la reelección establecido en el artículo 175 de la Constitución provincial". El fallo de la Corte, se explicó en el mismo sentido: “[e]l Gobernador y el Vicegobernador duran cuatro años en el ejercicio de sus funciones y pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces”, explica.
"Es evidente entonces que ese acto electoral podría producir en breve un trastorno institucional de difícil reparación", dice y señala que "la intervención de esta Corte se torna imperiosa para que sean respetados los principios fundacionales del federalismo argentino".
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En el caso de Tucumán, la medida cautelar fue presentada por Germán Enrique Alfaro consejero y presidente de la Mesa Ejecutiva del Partido por la Justicia Social y en representación de esa agrupación política. Alfaro, además, es el intendente de la capital de la provincia y, también, disputa -con la boleta de Juntos por el Cambio- el lugar del Ejecutivo al que quiere llegar la dupla de Osvaldo Jaldo – Manzur.
El dirigente basó su pedido ante la Justicia en el artículo 90 de la Constitución de la Provincia de Tucumán que dispone: “El Gobernador y el Vicegobernador duran cuatro años en sus funciones y podrán ser reelectos por un período consecutivo. El Vicegobernador, aun cuando hubiese completado dos períodos consecutivos como tal, podrá presentarse y ser elegido Gobernador y ser reelecto por un período consecutivo. Si el Gobernador ha sido reelecto para un segundo período consecutivo no puede ser elegido nuevamente, sino con el intervalo de un período. Lo mismo resulta de aplicación para el cargo de Vicegobernador”.
En esa línea, advierte que “la autorización a favor de Manzur para ser candidato a vicegobernador habilitaría la posibilidad de que una persona sea electa durante un número indefinido de períodos como gobernador y vicegobernador —de manera sucesiva, consecutiva e ininterrumpida— con la sola exigencia de que se alterne el cargo y el compañero de fórmula”.
Por ello, la Corte resolvió requerir a la Provincia de Tucumán “el informe circunstanciado que prevé el artículo 8° de la ley 16.986, que deberá ser contestado en el plazo de 5 días. Para su comunicación al señor gobernador y al señor fiscal de Estado, líbrense oficios”, por lo que definió que se hiciera lugar a la medida cautelar solicitada y, en consecuencia, suspender la convocatoria a elección de gobernador y vicegobernador del próximo 14 de mayo hasta tanto se dicte un pronunciamiento definitivo.