De cara a las elecciones Legislativas del 14 de noviembre, el Gobierno de la provincia de Buenos Aires dispuso una asignación adicional de mil pesos a la suma prevista para viático a los ciudadanos que ejerzan como autoridades en las mesas receptoras de votos de los residentes extranjeros en estos comicios.
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A través del decreto 971 publicado este miércoles en el Boletín Oficial del distrito, se estableció además que ese adicional será de dos mil pesos en aquellos casos en que los electores que hayan cumplido efectivamente la función de autoridades de mesa receptoras de votos de residentes extranjeros, tanto en las elecciones primarias abiertas, obligatorias y simultáneas (PASO) como en las elecciones generales del año 2021.
En esta línea, el decreto aclara que "las compensaciones en concepto de asignación adicional del viático fijado por este decreto serán depositadas por el Ministerio de Gobierno a cada autoridad de mesa que efectivamente haya cumplido con sus funciones, conforme la información remitida por la Junta Electoral, a través de los servicios del Banco de la Provincia de Buenos Aires".
Asimismo, se recordó que de acuerdo a la Ley N° 5.109 y al Decreto N° 602/21 "se fijó la suma de dos mil quinientos pesos" para autoridades de mesa de votos de extranjeros tanto en las PASO como en las generales y otros mil quinientos para quienes previamente hayan participado de las actividades de capacitación reconocidas por la Junta Electoral de la Provincia.
"En ambos casos y al sólo efecto de no generar una desigualdad entre los electores y las electoras que cumplen igual función en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, las sumas fijadas fueron coincidentes con las establecidas mediante la Resolución No 108/21 del Ministerio del Interior de la Nación, para las autoridades de las mesas receptoras de votos de los ciudadanos argentinos", destacaron.
Quién es una autoridad de mesa
La autoridad de mesa es aquella persona que la Justicia Nacional Electoral designa como máxima autoridad el día de la elección. Junto a ella, también será nombrada una persona como autoridad suplente, quien la auxiliará durante la jornada y la reemplazará en algunos momentos. Las responsabilidades de una autoridad de mesa son estar presente durante todo el acto electoral, siendo ineludible su presencia en la apertura de la jornada, en la clausura de la votación, y al momento de labrar las actas correspondientes que son los documentos oficiales de la elección.
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Su función es velar por el correcto y normal desarrollo del acto comicial en la mesa en la que se le encomendó desempeñarse. Es un acto de tanta responsabilidad que responde por sus actos ante el Juez Federal con competencia electoral que la designó. El personal del Comando General Electoral estará a su disposición respecto del funcionamiento y orden en la mesa a su cargo.
En tanto, cualquier persona puede ser autoridad de mesa. Sólo tiene que ser elector/a hábil, tener entre 18 y 70 años, residir formalmente en la sección electoral donde se debe desempeñar, saber leer, escribir y no encontrarse afiliado o afiliada a a ningún partido político. Esta designación la realiza la Justicia Electoral del distrito correspondiente a través de un sorteo, considerando el nivel de instrucción, edad o por haberse inscripto en el Registro Público de Postulantes a Autoridades de Mesa. La notificación es realizada por telegrama en el domicilio registrado en el Documento Nacional de Identidad.
Para poder desempeñarse, en tanto, previamente es importante la capacitación sobre las tareas a desarrollar durante la elección, lo que estará a cargo del Estado. La Cámara Nacional Electoral y la Dirección Nacional Electoral dependiente del Ministerio del Interior, máximas autoridades responsables de la organización de las elecciones, elaboran materiales de capacitación para todas las personas intervinientes en el proceso electoral.
Quienes desempeñen la función de autoridad de mesa en la elección PASO recibirán en concepto de viático $2.500 y en caso de realizar la capacitación virtual $1.500 adicionales.