De cara a las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias que se desarrollarán el próximo 12 de septiembre en toda la Argentina, te contamos cómo, según el Código Electoral Nacional, existen distintas formas, válidas y no, de contabilizar los votos: afirmativo y en blanco, nulo o impugnado.
En ciertas ocasiones, algunos ciudadanos prefieren no elegir a ningún candidato, pero a diferencia de las legislativas del 14 de noviembre, en las PASO se computan los votos en blanco como parte del total a partir del que se calculan los porcentajes de cada lista.
Más allá de las internas de cada partido, los votos en blanco funcionan como filtro dado que las agrupaciones que hayan superado el piso de 1,5 por ciento de los votos válidos emitidos acceden a las elecciones generales. Esto sucede por la sumatoria tanto de votos afirmativos como votos en blanco válidos.
En este sentido, resulta necesario distinguir entre votos válidos y votos afirmativos en la próxima contienda electoral. Un voto válido puede ser un sobre vacío, pero no cuenta como afirmativo ya que este último implica que dentro del sobre se coloque la boleta oficial de determinado partido.
El voto en blanco en las PASO
Los votos en blanco afectan al porcentaje final que obtiene cada lista el día de los comicios y son tenidos en cuenta en las elecciones primarias, no así en las generales de noviembre. Por su parte, los votos nulos no se cuentan en ninguna de las dos elecciones ya que son los que no incluyen boletas oficiales.
Diferencias entre el voto en blanco, nulo e impugnado
Voto en blanco
En las PASO, es un voto válido, como el afirmativo. Significa entregar el sobre vacío, sin elegir a ningún candidato.
Voto nulo
Un voto se considera nulo cuando existen irregularidades como boletas de distintas agrupaciones políticas para un mismo cargo dentro del sobre, boletas tachadas, escritas o rotas a tal nivel que el nombre de los candidatos y el número del partido no son legibles. Otro voto nulo se da cuando dentro del sobre hay objetos extraños.
Voto impugnado
Si bien en el uso coloquial se le dice “impugnado” al voto nulo, el verdadero voto impugnado se da antes del sufragio cuando el presidente de mesa o los fiscales partidarios tienen dudas sobre la identidad del elector. ¿Qué sucede con el voto impugnado? Se lo coloca en un sobre especial, junto con un formulario donde constan datos como nombre, apellido, número y clase de documento, entre otros.
En el momento de realizar el escrutinio definitivo, la Junta Electoral Nacional compara datos, informa sobre la identidad del votante y determina si el voto es válido o nulo. Cuando los fiscales de mesa consideran, durante el escrutinio de mesa, que un voto es nulo (no válido porque la boleta está tachada, escrita), lo que hacen es anotarlo en el acta como un voto recurrido y no lo computan.
Ese voto se analiza en el escrutinio definitivo y en esa instancia se determina si es válido o nulo y es por esta característica que se lo considera como un voto transitorio, dado que una vez realizado el escrutinio definitivo, estos votos serán volcados dentro de una de las tres clases definitivas: positivos, blancos o nulos.