Úrsula Bahillo denunció 14 veces a Matías Martínez por violencia de género hasta que la asesinó; Guadalupe Curual había denunciado a su agresor Bautista Quintriqueo hasta que la mató; Carla Soggiú tenía un botón antipánico y mantuvo una conversación de casi una hora con un operador y murió ahogada en el Riachuelo. Según el informe de Mumulá, en los primeros dos meses del año asesinaron a 48 mujeres. El 17% de los femicidios fueron perpetrados por integrantes de la fuerza de seguridad, el 29% había denunciado a su agresor y el 19% tenía una perimetral. Es decir que casi el 30% pidió ayuda a la Justicia y al Estado y la ayuda no llegó: eso es feminicidio.
Definición del feminicidio
Desde 2015 que en Argentina se logró desterrar el nefasto término “crimen pasional” y se comenzó a hablar de femicidio, cuando una mujer es asesinada por razones de género. Pero cuando el Estado es responsable por omisión o por negligencia de que cada 30 horas muere una mujer, es momento de hablar de feminicidio.
En América Latina, la antropóloga mexicana Marcela Lagarde define al femicidio como: “Crímenes de odio contra las mujeres, crímenes misóginos acuñados en una enorme tolerancia social y estatal ante la violencia genérica”. Para ella, el femicidio se tipifica como feminicidio cuando el Estado no da garantías a las mujeres y no les crea condiciones de seguridad para sus vidas ya sea en la comunidad, en la casa, en los espacios de trabajo, de tránsito o de esparcimiento.
“Es importante entender que es un feminicidio porque siempre va haber responsabilidad del Estado porque el Estado es el primer violador y patriarca. Por eso, es importante pensar cómo el Estado tiene la responsabilidad de prevenir, a partir de políticas públicas dirigidas a trabajar con las masculinidades violentas o patriarcales y hegemónicas”, planteó la investigadora del Conicet y profesora de la UBA y la UNSAM, Karina Bidaseca, en comunicación con El Destape.
Entonces, el femicidio se transforma en feminicidio cuando las autoridades no realizan con eficiencia sus funciones para prevenirlos, evitarlos y sancionarlos. El ambiente ideológico y social del machismo y la misoginia alienta estos crímenes que se enmarca en “una situacion estructural de violencia contra las mujeres”. “Por eso cuando nos preguntamos por qué no es suficiente nunca nada para erradicar o prevenir los feminicidios, esto está arraigado en una estructura de violencia que está en casi todas las sociedades del mundo”, remarcó la especialista. Además, aclaró que “cuando se está ante un caso de violencia y violación, no se está ante un asesino serial o alguien que comete esos crímenes por una limitación psicológicas, sino que siempre se está ante un hecho de la estructura social”.
¿Por qué en Argentina no se llama feminicidio?
Uno está de acuerdo en que lo que no se nombra, no existe. Pero en argentina, no hay una intención de invisibilizar los feminicidios o de no darle lugar a una nueva tipificación, sino que el motivo de que en Argentina los femicidios no se nombren como feminicidios tiene que ver con la premura y el apuro de nombrar los crímenes de las mujeres por violencia de género.
Según la investigadora, a partir de 2015 con la creación del movimiento Ni Una Menos, “fue fundamental comenzar a adjetivar y fundamentar para entender que no son crímenes que ocurren en la esfera privada, sino que lo personal es político”, por lo cual se generó un debate porque “no hay muchas investigaciones en feminicidio y se discutía mucho el concepto a introducir porque feminicidio significaba introducir la responsabilidad del Estado que es algo que se diferencia del femicidio, que es un término traducido del inglés femicide”. “Para el movimiento Ni Una Menos, sin haber entendido la genealogía del concepto, lo llamaron femicidio, después la premura de los medios y demás, se instaló ese concepto”; explicó.
Pero ya pasaron seis años desde que estalló la primera marcha contra los femicidios. Para Bidaseca “es importante entender que es un feminicidio porque siempre va haber responsabilidad del Estado porque es el primer violador y patriarca” y consideró que “es necesario” comenzar a dar el debate.
“Es una práctica pedagógica, también, poner la discusión en la mesa y explicar porqué un concepto y no otro”, planteó.
Las muertas de Juárez y el antecedente de feminicidio
En 2009, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), después de ocho feminicidios perpetrados en el sitio Campos Algodoneros de Ciudad Juárez en Chihuahua entre el 8 y 9 de noviembre de 2001 formuló ocho fallos contra el Estado Mexicano por “violentar los derechos a la vida , integridad, libertad personal y de no discriminación, con relación a la obligación general de garantía”. Como así también por incumplir en su deber de investigar y transgredir los derechos de acceso a la justicia y protección judicial, y los derechos de la infancia.
Para Lagarde esos crímenes no eran casos aislados ni eran simples asesinatos y acuñó el término feminicidio. Entre 2005 y 2006, Lagarde como diputada federal, dirigió la primera Investigación Diagnóstica sobre la Violencia Feminicida en la República Mexicana. Se conformó la Comisión Especial de Feminicidio con un equipo de setenta investigadoras y el aval de la Cámara de Diputados y se implementó por primera vez una metodología con perspectiva de género que toman en cuenta los factores de discriminación, desigualdad y exclusión que enfrentan las mujeres en México.
Los resultados del diagnóstico evidenciaron que el gobierno era parte del problema: “El Estado mexicano es parte de esta forma de violencia. El feminicidio no es solo el acto de matar, es el acto misógino de asesinar a una mujer en medio de una enorme tolerancia social. En México la sociedad permite la violencia contra las mujeres y con una gran holgura, tanto en espacios privados, como públicos e institucionales”, repitió en 2020 la antropóloga feminista.
Feminicidio - Genocidio de género
Bidaseca llevó la discusión sobre feminicidio a otro nivel y apuntó a que se comience a hablar sobre genocidio de género. Para la investigadora, el fallo de la CIDH contra el Estado de México es un puntapié para debatir ese término, aunque el fallo de la Corte decidió no considerar el feminicidio como un genocidio.
“En ese momento, la jurista chilena Cecilia Quiroga dijo que en primer lugar el fallo era de una homicidio de mujeres por razones de género y el Estado de México tenía responsabilidad ante esos homicidios a pesar de que no se comprobó que fue cometido por agentes estatales, entonces, México va a ser condenado por no garantizar la seguridad de las mujeres frente a un patrón recurrente de violencia que es un patrón estructural sistemático de violencia contra las mujeres, pero que no podía comprometerse a llevar la categoría a genocidio porque es difícil tomar ese término porque ni el activismo ni la academia se podían poner de acuerdo en las definiciones”, explicó.
No obstante, la investigadora en su investigación Feminicidio y Política de la Memoria plantea que “en la Convención el genocidio queda restringido a cuatro grupos: étnico, nacional, racial o religioso. Es decir, se cuenta las características de las víctimas. Ahora bien, como vemos, entre esos grupos no se menciona la diferencia sexo/género, aún cuando es conocida que una de las poblaciones objeto de aniquiliamiento del nazismo fue la homosexual. Por ende, dado que las mujeres como especie no constituyen un grupo étnico, racial, nacional o religioso, el delito de genocidio de género no se inscribe como tal en función de la definición de la Convención. En otras palabras, la preeminencia de la ‘igualdad ante la ley’ implica que no existe en el código penal argentino, por ejemplo, la distinción por el sexo/género de la víctima en un acto de homicidio. Aunque se reconoce el agravamen por discriminación”.
Además, en 2004 Lagarde advirtió que “el genocidio contra las mujeres sucede cuando las condiciones históricas generan prácticas sociales que permiten atentados contra la integridad, el desarrollo, la salud, las libertadesy la vida de las mujeres. El feminicidio se conforma por el ambiente ideológico y social de machismo y misoginia, de violencia normalizada contra las mujeres, por ausencias legales y de políticas de gobierno, lo que genera una convivencia insegura para las mujeres, pone en riesgo la vida y favorece el conjunto de crímenes que exigimos esclarecer y eliminar”.
El debate sobre la violencia machista que termina con la vida de mujeres y disidencias está en constante movimiento, pero es hora de nombrar los crímenes contra las mujeres con su nombre correspondiente.