La Oficina Anticorrupción dejó de ser querellante en las causas contra Cristina Kirchner y sus hijos

Será para los casos Los Sauces y Hotesur, donde se investigaban negocios hoteleros e inmobiliarios de la familia de la vicepresidenta.

14 de mayo, 2020 | 12.21

La Oficina Anticorrupción (OA) renunció a ser querellante en las causas Los Sauces y Hotesur, en donde están acusados la vicepresidenta Cristina Kirchner y sus hijos, Máximo y Florencia.

El impulso a ser querellante de la OA en estas causas contra la ahora vicepresidenta había sido del macrismo, a instancias de la anterior titular de ese organismo: la ultramacrista Laura Alonso, que lideró ese espacio no sin polémica de 2015 a 2019.

La reciente decisión la hizo saber por escrito la OA que ahora dirige el ex fiscal Félix Crous. Lo hizo ante el Tribunal Oral Federal 5, que tiene en sus manos los dos casos para llevar adelante un único juicio, indicaron fuentes judiciales.

“El titular de este organismo ha decidido desistir del rol de querellante en la presente causa. Por lo tanto, se solicita a vuestras excelencias que se aparte a esta Oficina Anticorrupción de tal carácter, oportunamente asumido”, dicen dos escritos que se presentaron, uno en la causa Los Sauces y otro en la causa Hotesur, ante el TOF 5.

Ahora, el rol de la acusación en la causa Los Sauces y Hotesur va a seguir en manos de la fiscalía. El Tribunal Oral Federal Nº5 de Comodoro Py hoy lo integran los jueces Daniel Obligado, Adriana Palliotti y Adrián Grünberg. "Resuelvo: Desisitir del carácter de parte querellante en la causa N° 11.352/2014", arranca la resolución del escrito de la OA.

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Sigue: "Caratulada “Imputado: Fernández de Kirchner, Cristina y Otros s/Infracción art. 303. Denunciante: Stolbizer, Margarita y Otros”, en trámite por ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 5 de esta Ciudad; en la causa N° 11.904/2014 caratulada “Denunciado: Fernández de Kirchner, Cristina y Otros s/Negociaciones Incompatibles (art. 265) y Enriquecimiento Ilícito (art. 268, inc. 1°). Denunciante: Dupuy de Lome, Santiago Nicolás y Otro”, de trámite por ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 10, Secretaría N° 19 de estaCiudad; y en la causa N° 3.732/2016  caratulada “Fernández, Cristina Elisabet y Otros s/Asociación Ilícita yOtros”, radicada por ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 5 de esta Ciudad (causa N° 2.559 de sus registros internos)". 

Da tres argumentos el titular de OA, Crous, de por qué se retira la querella. Afirma en el escrito que los casos ya no están en etapa de investigación y que se está a la espera del inicio del correspondiente debate oral y público. 

En segundo lugar, pondera Crous: "Debe razonarse que el debido impulso de la acción penal en relación a las mismas, en cualquiera de las instancias procesales que signe su trámite, se encuentra adecuadamente garantizado por la intervención de la Unidad de Información Financiera (UIF), órgano rector en materia de lavado de dinero,que actúa en carácter de querellante estatal, como así también por el propio Ministerio Público Fiscal, titular de la acción penal pública en representación del interés general de la sociedad". 

Y "en tercer lugar, no puede soslayarse que los funcionarios de mayor jerarquía y experiencia que integran la Dirección Nacional de Litigio Estratégico, se encuentran afectados a múltiples juicios orales e intervienen en numerosas causas en que esta Oficina Anticorrupción, en el marco de su competencia específica (art. 1° del Decreto PEN N° 102/99) actúa como parte querellante, situación que exige concentrarlos limitados recursos humanos con que cuenta el organismo a casos más complejos, que demanden particular experticia en delitos de corrupción pública y de mayor actualidad, sumado a la imposibilidad de ampliar la planta de profesionales en virtud a las disposiciones del Decreto PEN N° 132/20 sobre“Restricciones en materia de designaciones y contrataciones”", cierra los argumentos.

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