El Gobierno nacional oficializó la extensión del aislamiento social, preventivo y obligatorio en todo el país por catorce días más y detalló cómo regirá en cada provincia de acuerdo a la situación epidemiológica que haya en el territorio. Además, se especificó las ciudades que deberán cumplir el ASPO y la autorización para reabrir las fronteras con miras a la temporada turística.
El decreto 814/2020 detalla qué localidades quedan bajo el ASPO y en cuáles regirá el distanciamiento social, preventivo y obligatorio (DISPO).
Son siete las provincias autorizadas a funcionar en la modalidad DISPO, que es una etapa en la cual el asilamiento es flexible y hay otras actividades permitidas. Se trata de Catamarca, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, Misiones y Jujuy.
En sus párrafos, el decreto rescata que continúa la disminución de casos en las últimas semanas y muestra una mejora en la ocupación de camas de terapia intensiva (51% a nivel provincial, 64% en el departamento de Manuel Belgrano).
En cuanto al ASPO, con respecto al decreto anterior se incluyen varias localidades bonaerenses, en Río Negro, San Luis y Chubut. Sigue comprendida en su totalidad la Ciudad de Buenos Aires y los 35 partidos bonaerenses del AMBA, pero también se suman nueve distritos de la provincia de Buenos Aires.
Listado de zonas con ASPO
- Ciudad de Buenos Aires
- Provincia de Buenos Aires: departamentos de General Pueyrredón, Bahía Blanca, San Nicolás, Capitán Sarmiento, General Belgrano, General Madariaga, Laprida, Pila, Pinamar, Saladillo, San Cayetano, Tordillo y Tandil, además de los 35 partidos del AMBA
- Chaco: departamentos de San Fernando, Comandante Fernández, Mayor Luis Jorge Fontana y Chacabuco;
- Córdoba: departamentos de Capital, Santa María, Punilla, Colón, Tercero Arriba y General San Martín
- Chubut: Biedma, Escalante, Rawson, Gaiman y Sarmiento
- La Rioja: Chilecito (ya no Capital)
- Mendoza: departamentos de Capital, Luján de Cuyo, Las Heras, Maipú, Guaymallén, Godoy Cruz, Tunuyán y Tupungato
- Neuquén: aglomerados de las ciudades de Neuquén, Plottier, Centenario, Senillosa, Cutral Có, Plaza Huincul y Zapala
- Río Negro: aglomerados de las ciudades de Bariloche y Dina Huapi y los departamentos de General Roca y Adolfo Alsina
- Salta: Capital (ya no Cerrillos, Rosario de Lerma, General Güemes y La Caldera)
- San Juan: Rawson y Capital
- San Luis: Capital y General Pedernera
- Santa Cruz: aglomerados de la Ciudad de Río Gallegos, El Calafate, Puerto Deseado y Caleta Olivia
- Santa Fe: Rosario, La Capital, General López, Caseros, Constitución, San Lorenzo, Las Colonias y Castellanos
- Santiago del Estero: Capital y La Banda
- Tierra del Fuego: Río Grande
- Tucumán: Capital
Por otra parte, en la normativa se explica que cambió el balance de casos de coronavirus a nivel nacional, ya que, al 23 de mayo, el 93% de los nuevos infectados correspondían al AMBA, mientras que al 22 de octubre ese porcentaje bajó al 26%. En tanto, se remarca la preocupante situación del sistema de salud de Neuquén, que se encuentra "saturado" con un 97% de ocupación de camas de Terapia Intensiva (94% en Zapala y 98% en Confluencia).
También, alerta sobre una "elevada tensión" en Río Negro: pasó del 88% de camas ocupadas al 95%, con saturación en General Roca (98%) y con un aumento "exponencial" de casos en Adolfo Alsina. En Santa Fe, el sistema de salud está "muy tensionado", sobre todo en Rosario y Gran Rosario (91% de ocupación).
La situación en Salta es estable, aunque con una situación en tensión, mientras que también se advierten subas en Tucumán, Santa Cruz (Río Gallegos y Puerto Deseado, en especial), Santiago del Estero y, en menor medida, Córdoba.
¿Qué pasará con las fronteras?
El decreto prorroga la prohibición de ingreso a la Argentina para extranjeros no residentes en el país. Sin embargo, abre la puerta a la llegada de turistas de países limítrofes en la temporada de verano.
En ese sentido, el texto faculta a Migraciones a establecer "excepciones" a esa prohibición. Los permisos que eventualmente se otorguen tendrán el objetivo de "atender circunstancias de necesidad" y de poner en práctica el desarrollo de "actividades especialmente autorizadas" por la Jefatura de Gabinete.