El Gobierno de la provincia de Buenos Aires estableció que el incumplimiento de las restricciones por la pandemia dará lugar a la aplicación de duras sanciones. Las mismas prevén la aplicación de multas de hasta $ 4,3 millones.
Según se detalló, los municipios deberán adherir a las medidas, "a efectos de implementar en sus distritos la fiscalización respecto del cumplimiento de las normas dictadas como consecuencia del COVID-19 e imponer las sanciones de multas mencionadas". Una vez que hayan adherido se les habilitará a través del Sistema Integrado de Emisión y Pagos No Impositivos (SIEP), un usuario para la gestión del trámite correspondiente a la emisión de las boletas de pago de las multas que aplicaren.
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Desde allí, se remitirán los instructivos para la utilización del SIEP y se brindarán las capacitaciones necesarias. Los recursos equivalentes a lo que los municipios recaudaren como consecuencia de la aplicación de dichas multas, integrarán el “Fondo Municipal por infracciones a la normativa COVID-19” y serán distribuidos entre ellos, asignándose a cada distrito, de manera mensual, el monto de lo que hubieren recaudado.
Los recursos que se transfieran a los municipios serán no reintegrables y de libre disponibilidad para los mismos. Estas medidas entrarán en vigencia el próximo lunes.
Cómo se aplicarán las sanciones
• Comprobada una presunta infracción se labrará un acta por parte de agente policial o funcionario competente y por triplicado. Se hará entrega de una copia del acta al infractor, configurando así la notificación.
• El infractor tiene cinco días hábiles para presentar el descargo y para diligenciar y producir a su cargo la prueba ofrecida. Dentro de los 60 días hábiles se resolverá.
• La resolución deberá indicar la infracción y la normativa violada, la sanción que se impone y su valuación. La notificación de la sanción irá acompañada de la boleta de pago generada a través del SIEP.
• La sanción podrá ser apelada dentro de los cinco días hábiles siguientes siendo competente para entender en la misma el Juez en lo Correccional en turno con competencia en el lugar donde se cometió la infracción.