Nuevas restricciones COVID: con cambios, el Senado debate el proyecto del gobierno

A partir de las 14, el Senado buscará darle media sanción al proyecto de ley que fijará los parámetros para las futuras restricciones. Entre los cambios, se le estableció que la delegación de facultades durará hasta el 31 de diciembre y los gobernadores dejaron de ser considerados delegados del Ejecutivo.

20 de mayo, 2021 | 05.00

El Senado sesionará este jueves para darle media sanción al proyecto que fijará los parámetros epidemiológicos para establecer las futuras restricciones, en momentos que las cifras récord de contagios y fallecidos por la segunda ola de coronavirus otorgan todavía más urgencia a la propuesta. En atención a las sugerencias de gobernadores, legisladores y juristas, el bloque del Frente de Todos incorporará unas diez modificaciones a la propuesta enviada por el Ejecutivo, con las que principalmente se despejan expresiones que se interpretaban como un menoscabo a las autonomías provinciales. Además, fija la duración de la delegación de facultades hasta el último día de este año y establece la continuidad de las clases presenciales como principio general, con suspensión únicamente para los casos de alerta. La restricción nocturna se extenderá una hora, en concordancia con lo que anticipan que fijará el próximo DNU y pasará de 19 a 6. 

La idea original del presidente Alberto Fernández era que la ley estuviera lista esta semana, pero los tiempos no dieron. Apenas si se llegará a la media sanción luego de un rápido paso por el debate de comisión donde el proyecto fue defendido por la ministra de Salud, Carla Vizzotti, y la secretaria general de Presidencia, Vilma Ibarra. En el Senado, el oficialismo cuenta con número suficiente para sacarla sin contratiempos, pero para que el trámite sea veloz se decidió incorporar ya las sugerencias que acercaron desde otros bloques de diputados para que el proyecto que obtenga media sanción no deba volver luego a la Cámara alta con nuevos cambios. 

La senadora María de los Angeles Sacnun, quien preside la comisión de Asuntos Constitucionales, compiló todas las posibles modificaciones que remitió a Gobierno para que sean evaluadas. El jefe del bloque de senadores, José Mayans, estuvo el miércoles en la Casa Rosada para terminar de dar las puntadas finales a la iniciativa, a la que se le quitó muchas de las expresiones que habían recibido críticas por ir, supuestamente, en desmedro de las autonomías provinciales. En general, los cuestionamientos al proyecto se centraron en aspectos jurídicos dado que respecto a lo sanitario prácticamente no se escucharon comentarios. 

Las claves del proyecto por nuevas restricciones

El proyecto fija mediante el cruce de estadísticas un semáforo sanitario de cuatro luces: bajo, mediano y alto riesgo sanitario, y reserva una categoría de "Alerta Epidemiológica y Sanitaria" para los centros urbanos de más de 300 mil personas que acumulen en los últimos 14 días más de 500 casos cada 100 mil habitantes y la ocupación de camas de terapia intensiva supere el 80%. Allí se establecen las restricciones más rígidas y, por ende, los mayores cuestionamientos. Una de las observaciones que se añadirá será que el cálculo de la ocupación de camas UTI se resolverá de acuerdo a lo que indique el sistema nacional.

Por otro lado, en el proyecto original dejaba en manos del Ministerio de Salud el eventual cambio de los parámetros sanitarios, ahora se agregará que tendrá que hacerlo en conformidad del Consejo Federal de Salud (Cofesa), del que participan los ministros de todo el país. Según pudo saber El Destape, se eliminó la "previa consulta" que el Poder Ejecutivo podía hacer con los gobernadores o el jefe de gobierno con respecto a la posibilidad de morigerar la suspensión de las clases presenciales. La idea es invertir la lógica: se expresará el mantenimiento de las clases presenciales como principio general y que la suspensión será una opción que deberá acordarse.

El artículo 4 había sido otro eje de discusión porque otorgaba a los gobernadores y al jefe de gobierno el rol de "delegados del gobierno federal" para implementar las medidas correspondientes. El diputado mendocino José Luis Ramón, habitual aliado del oficialismo en la Cámara baja, había pedido que directamente se eliminara esa expresión, a lo que se accedió. Los gobernadores y el jefe de gobierno ahora serán considerados "agentes naturales", que es el carácter expreso que se les otorga en el artículo 128 de la Constitución Nacional. 

Se eliminará de la iniciativa la invitación que se le formulaba en el artículo 12 al Poder Legislativo y al Poder Judicial para que sus empleados presten servicios mediante teletrabajo, exceptuando únicamente al grupo que se considere esenciales para que trabajen de manera presencial. Fue una sugerencia que provocó malestar.  

Por otro lado, se añadirá la posibilidad de visitar a familiares que se encuentren en situación terminal como excepción a la restricción de circulación. Respecto a la circulación nocturna en los aglomerados de alto riesgo, se extenderá una hora más y pasará a ser de 19 a 6. Según la información que tenían en el bloque de senadores, así se establecerá en el próximo DNU que firmará Alberto Fernández y que comenzará a regir a partir del sábado. 

El proyecto consta de 34 artículos. En el 33, se establecía que "la presente ley entrará en vigencia el día 22 de mayo de 2021 y regirá mientras
se encuentre vigente la emergencia pública en materia sanitaria (...) en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS)". Esta vaguedad había sido objetada por algunos especialistas que subrayaban que la delegación al Poder Ejecutivo prevista en el artículo 76 de la Constitución requiere un plazo fijo para su ejercicio. Por eso, ahora se establecerá exprsamente el 31 de diciembre como término a esta situación.