La Cámara Federal de Posadas ratificó el fallo de primera instancia, del pasado 12 de enero, donde se suspendió un artículo del DNU 70/2023 que pretende desregular el mercado de la yerba mate. El gobierno de Javier Milei decidió quitarle la potestad al Instituto Nacional de Yerba Mate (INYM) para la fijación de precios, abriendo la posibilidad a una fuerte suba de uno de los productos más demandados en el país.
El fallo que lleva la firma de los camaristas Mirta Delia Tyden, Analía Lía Cáceres de Mengoni, Mario Osvaldo Boldú y la secretaria civil de Cámara, Verónica Susana Zapata Icart, reafirmaron lo manifestado por la titular del Juzgado Civil y Comercial N° 8 de Misiones, Adriana Fiori, luego de la solicitud de 20 productores nucleados en ocho asociaciones diferentes. Ante la denuncia, hizo lugar a una medida cautelar. "Pone en riesgo cierto e inminente el derecho a la salud de miles de productores yerbateros y sus familias, como beneficiarios del Convenio de Cobertura de Salud Integral", manifestaron dichos productores y recordaron el acuerdo firmado en abril pasado, entre el Gobierno de Misiones y el INYM, ante la puesta en vigencia del decreto.
Basándose en los mismos fundamentos, los camaristas coincidieron con que si la recaudación del INYM pasa a la órbita del Estado, se genera "el inminente vaciamiento o desfinanciamiento y por ende la imposibilidad de contar con recursos propios para cumplir con sus obligaciones legales y convencionales, entre ellas la de aportar los fondos o recursos pertinentes para la ejecución del régimen de Cobertura Sanitaria Integral implementado a través del convenio".
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En el primer fallo, al ordenar la suspensión de los artículos del DNU, la jueza tenía el objetivo de no modificar ni alterar la estructura, funciones y atribuciones del instituto mencionado. "La cobertura integral de salud del eslabón más vulnerable de la producción yerbatera se encuentra financiada en un 50% por el INYM y los efectos del DNU provocan la inminente pérdida de la administración de los recursos del instituto", marcó. De esta manera, los beneficiarios perderían el derecho de acceder a medicamentos, tratamientos y demás prestaciones en un contexto complejo.
Frente a la cautelar, el Estado apeló y sostuvo que "no se podría determinar cuál es el concreto daño que se provoca o provocaría a la actora" en el marco de la "desesperante situación económica general". Además, en el escrito, manifestaron que "el interés público afectado es enorme y trae consecuencias de imposible reparación ulterior porque implica, en los hechos, que el plan de gobierno establecido por la gestión que recién asumió en funciones se vea impedido de avanzar a fin de cumplir con la voluntad popular que se expresó en las urnas, en el sentido de que la República Argentina necesita un cambio de rumbo profundo y contundente".
Si bien en el recurso presentado se mencionan fundamentos respecto al dictamen del DNU, no sobre los fundamentos de la cautelar. Al no justificar dicho punto, se termina confirmando la medida.
El pedido de amparo había sido firmado por integrantes de la Asociación de Productores Agropecuarios de Misiones (APAM), Unión de Agricultores de Misiones (UDAM), Asociación Civil de Productores Yerbateros del Norte (Acpyn), la Asociación Chimiray, la Asociación de los Yerbatero del Alto Uruguay, la Casa de la Familia Yerbatera, el Centro Agrario Yerbatero Argentino (CAYA) y la Asociación de Productores Agrarios Zona Sur (Apazur).