El senador Luis Juez presentó un per sáltum para que la Corte Suprema resuelva si le corresponde una silla en el Consejo de la Magistratura. Lo hizo luego de que el juez Pablo Cayssials rechazara su amparo para quedarse con ese cargo, que será ocupado por el senador del Frente de Todos Martín Doñate. La Corte deberá resolver el propio entuerto que generó pero además como juez y parte, ya que gracias al golpe institucional pergeñado por su presidente Horacio Rosatti ahora también integra el Consejo de la Magistratura.
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“Que venimos por el presente a recurrir la decisión adoptada por el juzgado interviniente que rechazara nuestra acción de amparo, por considerarla una cuestión política no justiciable, tendiente a declarar nulo de nulidad absoluta e insanable el DPP 33/22 de la Presidencia del Senado de la Nación, y por tanto inválidas las designaciones allí dispuestas; y se proceda al efectivo nombramiento de los senadores Luis A. Juez como consejero titular y a Humberto L. Schiavoni como consejero suplente, propuestos por el bloque de la segunda minoría, para el Consejo de la Magistratura”. Ese es el breve texto del recurso de per saltum presentado por Juez y Schiavoni, dado a conocer por el portal Palabras del Derecho.
Ahora la Corte tendrá que opinar sobre una de las consecuencias de su propio golpe institucional. Puede rechazarlo sin más o darle curso. La decisión marcará como piensan administrar esto los cortesanos. Pese a que ya hay fallos que confirman tanto la designación del senador Doñate como el de la diputada Roxana Reyes, el supremo Rosatti aún no los convocó para tomarles juramento. El juramento lo toma como Presidente de la Corte: luego los recibe como Presidente del Consejo de la Magistratura. Para lo primero se autovotó, para lo segundo se autoproclamó.
Todo es un desaguisado producto del golpe institucional de la Corte. Cuando CFK designó a Doñate no usó eufemismos y escribió que lo hacía “a fin de evitar nuevos avasallamientos a los poderes y facultades de este honorable cuerpo, así como una interpretación antojadiza, inconstitucional y especulativa para una conformación irregular que altere las representaciones en el Consejo de la Magistratura”.
El per sáltum, o recurso extraordinario por salto de instancia, es la posibilidad de apurar una causa judicial y que, valga la redundancia, salta de la primera instancia judicial a la última, que es la Corte. Pero no es puede en cualquier caso. El artículo 257 bis del Código Procesal, Civil y Comercial establece que será aplicable en causas que “entrañen cuestiones de notoria gravedad institucional, cuya solución definitiva y expedita sea necesaria, y que el recurso constituye el único remedio eficaz para la protección del derecho federal comprometido, a los fines de evitar perjuicios de imposible o insuficiente reparación ulterior”.
El Código agrega que “existirá gravedad institucional en aquellas cuestiones sometidas a juicio que excedan el interés de las partes en la causa, proyectándose sobre el general o público, de modo tal que por su trascendencia queden comprometidas las instituciones básicas del sistema republicano de gobierno”. La Corte es la que define si lo acepta o no, “con alcances restringidos y de marcada excepcionalidad”.
Es evidente que el caso no pone en riesgo la república ni tiene gravedad institucional. Lo grave en términos institucionales fue el fallo de la Corte que repuso una ley derogada para volver al Consejo de la Magistratura luego de 16 años arrogándose facultades del Congreso. Pero la decisión del bloque del Frente de Todos de desdoblarse y con eso obtener un senador más en el Consejo como segunda minoría no es judiciable.
¿Qué dijo el juez Cayssials al rechazar la pretensión de Juez y Schiavoni? Que “admitir el planteo de los amparistas implicaría adentrarse respecto de la valoración de la temporaneidad o de la subjetividad de la partición del Bloque Frente de Todos, todo lo cual conllevaría inexorablemente a la judicialización de las decisiones de otros poderes, poniéndose en riesgo -en palabras del Máximo Tribunal– el ejercicio de las funciones que la Constitución le asigna a cada uno de ellos” En síntesis, que un juez no puede meterse en una decisión política como es la fragmentación de un bloque de senadores.
No se puede tildar a Cayssials de kirchnerista. Es el mismo que anuló la adecuación de oficio del Grupo Clarín a la ley audiovisual, que tuvo a su vez una de las demandas de los Macri contra el Estado por el Correo, que fue clave para lograr en su momento el desplazamiento de Alejandra Gils Carbó y que habilitó a la principal aliada de Macri en la causa Correo, la camarista Maria Lilia Gómez Alonso, a quedarse en su cargo luego de los 75 años pese a que la Constitución lo prohíbe.