Diputados convirtió en Ley la imprescriptibilidad del resarcimiento por crímenes de lesa humanidad

El expediente capitalizó el respaldo de casi toda la cámara, solo un diputado del PRO se abstuvo. 

12 de noviembre, 2020 | 15.32

La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de Ley que establece la imprescriptibilidad del resarcimiento por delitos de lesa humanidad, al modificar los artículos 2.537 y 2.560 del Código Civil y Comercial, y derogar además el último párrafo del artículo 2.561. El expediente fue acompañado por 239 legisladores y solo una abstención del diputado del PRO, Francisco Sánchez. 

La iniciativa, proveniente del Senado y es autoría de la legisladora de San Juan Cristina López Valverde (FdT) y que nació con motivo de un fallo de la Corte Suprema de Justicia del año 2019 que denegó una indemnización a la hija de Enrique Ingeniero, un trabajador desaparecido en las oficinas de Techint durante la dictadura.

En el debate también se aprobó -y se giró al Senado- una modificación al artículo 169 del Código Civil y Comercial, impulsada por el diputado pampeano Ariel Rauschenberger (FdT), referida a los requisitos para la constitución de una asociación civil. Al respecto, el legislador explicó que “responde a una demanda social de los sectores más vulnerables” y es una iniciativa producto de un “trabajo conjunto” con el gobierno de su provincia y distintos colectivos sociales, además de las consultas al Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.

El oficialista sostuvo que las asociaciones civiles “tienen el fuerte protagonismo de reconstruir el tejido social”, en medio de un contexto de crisis, ya que “llevan adelante una tarea solidaria que persigue el bien común”. “La idea es darle una mano a través de esta legislación”.

El nuevo texto reza: “El acto constitutivo de la asociación civil puede ser otorgado por instrumento público o por instrumento privado con firmas certificadas por escribano público y debe ser inscripto en el registro correspondiente una vez otorgada la autorización estatal para funcionar. Hasta la inscripción se aplican las normas de la simple asociación”.

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