El Estado, a través de la Anses, tiene el 20% de las acciones de Molinos Río de la Plata, una de las empresas que atenta contra el congelamiento de precios de alimentos pese a que tiene ganancias extraordinarias. Por esas acciones le corresponde nombrar un director en la empresa, lo que le habilitaría acceso a información clave, pero hace más de 10 años que la familia Pérez Companc logra evitarlo gracias a una serie de trucos societarios y favores judiciales.
Los Pérez Companc, una de las 10 familias más ricas del país, lograron dejar al Estado al margen del directorio de Molinos Rio de la Plata con dos estrategias:
- Mantienen el número de directores en 6 (podrían tener hasta 11) y lo renuevan por mitades, 3 por período. Esto hace que la Anses, accionista minoritario, quede siempre relegada en las votaciones. Los Pérez Companc tienen el 48,76% de la empresa y con el apoyo de algunos accionistas menores logran la mayoría y ponen a su gente.
- Tienen paralizadas dos causas judiciales iniciadas 2013, cuando el Gobierno de CFK reclamó por ese lugar que le corresponde al Estado.
La Anses tiene exactamente el 20,04% de Molinos Rio de la Plata a través del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS), que administra la participación del Estado en 46 empresas privadas. Esas tenencias del Estado en empresas es producto de la estatización de las AFJP, que timbeaban los fondos de los jubilados en participaciones accionarias en compañías que, en varios casos, eran incluso parte de los mismos grupos empresarios.
La estatización de las AFJP fue una idea de Amado Boudou, por entonces director ejecutivo de Anses. “Sin lugar a dudas la medida más importante que tomé en mi primer mandato fue la de llevar adelante la recuperación de las AFJP” escribió CFK en su libro “Sinceramente”, donde agregó que lo fue “en todo sentido: simbólico, económico y político”. A Boudou nunca se lo perdonaron; a CFK tampoco.
Las tenencias del FGS en empresas privadas varían desde pequeños porcentajes a casos como el del banco Macro, donde posee el 27,49% del paquete accionario. El Macro fue un caso clave para la participación de directores estatales en las empresas. Los dueños y accionistas privados resistieron el desembarco del FGS como accionista en varias de estas sociedades. Una negociación con el hoy fallecido Jorge Brito destrabó la llegada del representante público en el directorio del Macro, uno de los bancos más importantes del país. Funcionó de leading case para otras pero no para todas: Molinos siempre obturó esa participación. El Grupo Clarín, donde el FGS tiene el 9%, también.
El directorio actual de Molinos Rio de la Plata lo integran Luis Perez Companc como presidente, Amancio Oneto como vicepresidente, y los directores Gustavo Héctor Abelenda, Guillermo Nelson García Abal, Pablo Luis Antúnez, Andrés Sebastián Gallo, Mariano Manzur y una persona que no pasa desapercibida: Susana Malcorra, la ex canciller de Mauricio Macri.
Esta pugna por el director estatal en Molinos Río dela Plata comenzó en 2009, apenas se estatizaron las AFJP, pero los Pérez Companc lograron frenarlo. En 2011 la Anses, que ya dirigía Diego Bossio, quiso nombrar 2 directores. Tampoco pudo.
En 2013 el Ministerio de Economía inició dos demandas contra Molinos Río de la Plata. En una pidió la nulidad el artículo 12 del estatuto de la empresa, donde se establece el truco que los directores “serán elegidos por el término de dos ejercicios y que se renuevan por mitades cada ejercicio”. No tiene movimiento desde marzo de 2015, quedó estancada en la Sala A de la Cámara Comercial. En la otra que se anularan varias decisiones de la Asamblea de Accionistas del 18 de abril de ese año donde los tres directores que se nombraron los propuso el accionista mayoritario, los Pérez Companc. Ambas están reservadas, no se pueden consultar públicamente.
Las denuncias contra Molinos por estas maniobras para excluir al accionista Anses se basan en lo que dice la Ley de Sociedades. En artículo 263 establece que los accionistas tienen derecho a elegir hasta un tercio de las vacantes del directorio por el sistema de voto acumulativo. Dice taxativamente que “el estatuto no puede derogar este derecho, ni reglamentarlo de manera que dificulte su ejercicio” y que “el directorio no podrá renovarse en forma parcial o escalonada, si de tal manera se impide el ejercicio del voto acumulativo”. Coincide con todo lo que hicieron los Pérez Companc par a impedir que el FGS nombre un director.