La suerte de Juan Ignacio Buzali, el esposo de Carolina Piparo que está detenido desde el 9 de enero, quedará en manos de la Cámara de Apelaciones y Garantías que este jueves al mediodía definirá si le otorga la prisión domiciliaria.
En la madrugada del 1 de enero, junto a su esposa chocaron a dos jóvenes, los arrastraron más de tres cuadras e intentaron huir. Por el hecho, Buzali está detenido e imputado por “doble homicidio en grado de tentativa” y los abogados de Luis Lavalle e Iván Coronel, los chicos atropellados, pedirán en los próximos días la imputación por “falso testimonio” a la diputada provincial de Juntos por el Cambio, Carolina Piparo.
La Cámara de Apelaciones y Garantías debía definir la situación procesal de Buzali el miércoles al mediodía pero la audiencia se pospuso para este jueves 21. Hasta el momento, los abogados de la defensa, Fernando Burlando y Fabián Améndola, solicitaron en dos oportunidades el pedido de excarcelación pero la jueza de Garantías, Marcela Garmendia, los rechazó por entender que hubo un “desprecio por la vida ajena” en la actitud de Buzali y que la persecución a “alta velocidad” contra los dos motociclistas a los que embistió, junto con la “falta de asistencia” a los heridos y “la intención de ocultar su participación en el suceso” son factores importantes a la hora de negarle la excarcelación.
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El 9 de enero, Juan Ignacio Buzali declaró ante la fiscal María Eugenia Di Lorenzo que “jamás quiso lastimar a nadie” y se excusó diciendo que lo que había pasado, “fue un infortunio y un accidente”. También expresó que, durante la persecución, el choque y el intento de huida, estaba “nervioso, abrumado y temeroso”. El hecho ocurrió una hora después que Carolina Piparo sufriera un robo en la puerta de la casa del suegro en calle 47 entre 15 y 16 en La Plata.
El Código Penal establece una pena de entre 8 a 25 años por el delito de homicidio, pero en este caso, al haber sido una “tentativa”, ya que los dos jóvenes viven, la pena puede reducirse a un tercio. A ello deberán sumarse, si es que se incorporan a la imputación, agravante como que el choque fue con “alevosía” y que existió “abandono de persona”.