El Gobierno nacional derogó este miércoles cuatro decretos que obligaban al Estado a contratar servicios de empresas públicas como YPF, Aerolíneas Argentinas y Banco Nación. Hasta el momento, la administración nacional debía comprar pasajes de avión a la aerolínea de bandera, adquirir combustible a la petrolera nacional y utilizar la banca estatal para pagar sueldos y contratar seguros. Para la gestión de Javier Milei, las empresas públicas ya no deberán tener "ventajas en la contratación o en la compra de bienes y servicios, ni priorizar u otorgar beneficios de ningún tipo, alcance o carácter en ninguna relación jurídica" en la que intervenga".
A través del decreto 747/2024, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, el Ejecutivo derogó los decretos 1187/12, 1189/12, 1191/12 y 823/21, cuatro ordenanzas que establecían la obligatoriedad de utilizar esas empresas estatales en distintas instancias.
El decreto 1187/12 determinaba "la obligación de implementar el pago de haberes al personal de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8°, inciso a) de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional mediante el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA".
Por su parte, la ordenanza 1189/12 establecía que "las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional comprendidas en el artículo 8°, inciso a) de la Ley Nº 24.156 deben contratar con YPF Sociedad Anónima la provisión de combustible y lubricantes para la flota de automotores, embarcaciones y aeronaves oficiales".
El otro decreto eliminado fue el 1191/12, que disponía "la obligación para las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional de utilizar los servicios de AEROLÍNEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANÓNIMA, de AUSTRAL LÍNEAS AÉREAS CIELOS DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA y de OPTAR SOCIEDAD ANÓNIMA para la compra de pasajes que requieran para el traslado por vía aérea, tanto dentro como fuera del país, de sus funcionarios, empleados o asesores contratados bajo cualquier modalidad, o de terceros cuyos traslados financiaran".
A su vez, también fue derogada la ordenanza 823/21 que estipulaba "la obligación de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 de implementar la contratación de las pólizas de seguros que requieran en el ejercicio de su gestión a través de NACIÓN SEGUROS S.A. en todas las ramas en que esa institución opera".
Entre los considerandos del decreto, el Gobierno argumentó estas medidas al citar un pasaje del DNU 70/2023 impuesto por Milei en diciembre pasado, con el que se estableció que las empresas en las que el Estado sea accionista "no gozarán de ninguna prerrogativa de derecho público ni podrá el mismo disponer ventajas en la contratación o en la compra de bienes y servicios, ni priorizar u otorgar beneficios de ningún tipo, alcance o carácter en ninguna relación jurídica" en la que intervenga. "Que la compulsa de diferentes ofertas para la adquisición de bienes o la prestación de servicios aumenta las posibilidades de obtener aquella que sea más conveniente para satisfacer las necesidades del ESTADO NACIONAL", señala el decreto publicado este miércoles.
Horas después de ser promulgado en el Boletín Oficial, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger -que firmó el decreto junto al jefe de Gabinete, Guillermo Francos- salió en sus redes sociales a defender la iniciativa. "Las empresas públicas deben SERVIR a los ciudadanos y NO SERVIRSE de ellos. Si estos privilegios a su vez servían para anidar corrupción o mantener a una casta política deben ser desterrados", escribió Sturzenegger en su cuenta de X.
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