El juez federal Daniel Rafecas archivó una denuncia contra los periodistas Joaquín Morales Solá, de La Nación, y Daniel Santoro, de Clarín, quienes habían publicado la identidad de dos agentes de inteligencia. Fuentes del juzgado contaron a El Destape que la fiscalía a cargo de Alejandra Mangano no le dio impulso y pidió el archivo por inexistencia de delito. “Sin querellante no se puede proseguir”, afirmaron.
Sin embargo, otras fuentes judiciales explicaron que "ya en otros dictámenes del año pasado en casos donde imputaban a la ex titular de la AFI Cristina Caamaño por difundir información de trabajadores de AFI, la fiscal Mangano había dictaminado que eso no ponía en riesgo la seguridad nacional".
En 2021, los diputados Waldo Wolff, Fernando Iglesias, Jorge Enríquez y Álvaro Lamadrid denunciaron a Caamaño cuando era la interventora de la Agencia Federal de Inteligencia. La fiscal Mangano, al año siguiente, la archivó y con los mismos argumentos que usó también ahora. Los legisladores la habían denunciado por considerar que reveló "secretos políticos y militares" y así violaba la ley de inteligencia. Pero no prosperó.
En el dictamen de la fiscal de la causa contra Morales Solá y Santoro, se considera que no se publicó información de una operación que ponga en riesgo a nadie. "Se menciona el nombre de un jefe de área de la AFI y de otra persona más. Es información totalmente chequeable incluso por otros medios", explicaron estas fuentes judiciales.
La denuncia fue impulsada por el ex titular de la AFI y exministro de Defensa, Agustín Rossi, hoy Jefe de Gabinete de ministros. Las notas de Morales Solá y Santoro se referían a un pedido de informes de la oposición sobre un supuesto funcionamiento en el Ministerio de Defensa de una “mesa militar” que hacía tareas de inteligencia. Rossi acusó a los periodistas de violar la ley de inteligencia y los acusó de delitos que se castigan con penas de hasta 6 años de cárcel.
"Esta información no revestía algún carácter de clasificada. En la órbita penal no hay mucho más qué hacer, no encuadra en delitos de inteligencia. No es que se da información de una operación que ponga en riesgo a alguien", afirmaron fuentes con acceso a la denuncia a este portal.
Mangano también tuvo en cuenta los principios constitucionales vinculados a la libertad de expresión, aunque como un argumento de complemento. "Inicialmente la información así sola como está publicada no viola la ley de inteligencia", reafirmaron desde la Justicia.
"Emprender una persecución penal contra los cronistas que se limitaron a comunicar una información arrimada por una fuente atentaría directamente contra la libertad de prensa y por lo tanto contra el derecho de la sociedad a ser debidamente informada", es una de las conclusiones que aparecen en el dictamen de la fiscal que firmó Rafecas en su resolución.
El juez, basado en el escrito de Mangano sobre la causa, afirmó que debe existir un hecho concreto que en mayor o menor medida afecte, menoscabe o ponga en riesgo nuestro sistema político y la estructura crítica del país, su defensa y soberanía. Y eso finalmente no sucedió, según la postura de la fiscal.