Cuándo entrará en vigencia la ley de aborto legal

La Ley fue aprobada por de 38 votos a favor en el Senado. 

31 de diciembre, 2020 | 13.27

Tras la histórica aprobación de la Ley 27.610, que establece la Interrupción Voluntaria del Embarazo, ahora queda definir cuándo se promulgará la normativa que aprobó el Senado el 30 de diciembre por 38 votos a favor y 29 en contra. 

Según confiaron fuentes de Casa Rosada a El Destape, la ley será promulgada la próxima semana y ya estará en vigencia en todo el país. En tanto, la reglamentación se trabajará en las próximas semanas junto a las provincias, el Ministerio de Salud y el Ministerio de la Mujer, Géneros y Diversidad para adecuarla a lo aprobado y para que adhieran todas las jurisdicciones. 

El proyecto de aborto legal fue enviado por el Ejecutivo en noviembre y fue sancionado finalmente el 30 de diciembre, tras 12 horas de debate en la Cámara Alta. Entre los puntos sobresalientes, se consagra el derecho de mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar a decidir la interrupción del embarazo, requerir y acceder a la atención del aborto y recibir atención postaborto en los servicios del sistema de salud.

La Ley establece que el aborto se permitirá hasta la semana 14 inclusive del proceso gestacional. Fuera de ese plazo sólo se podrá acceder en caso de violación o si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante. En caso de menores de 13 años, se debe contar con el consentimiento informado y la asistencia de al menos uno de sus progenitores o representante legal, en los casos de adolescentes de entre 13 y 16, deberá tener un acompañante o "referente afectivo". Las personas mayores de 16 años, en tanto, tienen plena capacidad por sí para prestar su consentimiento.

Además, mujeres y personas gestantes tienen derecho a acceder a la interrupción de su embarazo en los servicios del sistema de salud, en un plazo máximo de diez días corridos desde su requerimiento.

La iniciativa cumple los compromisos asumidos por el Estado argentino en materia de salud pública y derechos humanos. Previo a la realización del aborto se requiere el consentimiento informado de la persona gestante expresado por escrito.

En tanto, el profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia. Para eso deberá mantener su decisión en todos los ámbitos, público y privado, en que ejerza su profesión, y derivar de buena fe a la paciente para que sea atendida por otro profesional en forma temporánea y oportuna, sin dilaciones. Por ende, los centros de salud privados o de seguridad social que no cuenten con profesionales para realizar un aborto a causa de la objeción de conciencia deberán prever y disponer la derivación a un lugar, de similares características, donde se realice la prestación.

No obstante, el personal de salud no podrá negarse a la realización de la interrupción del embarazo en caso de que la vida o salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable. Tampoco se podrá alegar objeción de conciencia para negarse a prestar atención sanitaria postaborto. El incumplimiento de los requisitos para ejercer el derecho de objeción de conciencia dará lugar a las sanciones disciplinarias, administrativas, penales y civiles, según corresponda.

Obras sociales y prepagas deben incorporar la cobertura integral y gratuita de la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE). Estas prestaciones quedan incluidas en el Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica y en el Programa Médico Obligatorio (PMO) con cobertura total, junto con las prestaciones de diagnóstico, medicamentos y terapias de apoyo.

 El personal de salud debe observar un trato digno, respetando las convicciones personales y morales de la paciente, se deberá mantener la privacidad y el derecho a la intimidad de las personas que recurran a las instituciones para pedir un aborto. En los casos de violación cuyas víctimas fueran niñas o adolescente, se deberá denunciar este delito.