La senadora Norma Durango adelantó que el jueves el Gobierno nacional promulgará la Ley de Aborto Legal en un acto en el Museo del Bicentenario. La ley fue aprobada por el Congreso el 30 de diciembre, luego de 12 horas de debate en la Cámara Alta.
A través de su cuenta de Facebook, la legisladora reveló: "Acabo de recibir el llamado de la ministra de Mujeres, Diversidad y Genero, Eli Gómez Alcorta, para invitarme al acto de promulgación de la Ley IVE el jueves en el Museo del Bicentenario".
Acabo de recibir el llamado de la Ministra de Mujeres, diversidad y genero, ELI GOMEZ ALCORTA, para invitarme al acto...
Publicado por Senadora Norma Durango en Martes, 12 de enero de 2021
Acto seguido, comunicó que no iba a poder participar: "Lamento no poder ir dado que soy persona de riesgo y me estoy cuidando, pero celebro que ya estemos a punto de poner en marcha esta Ley que le da derecho a decidir a las mujeres y diversidades". "Respeto a quienes no están de acuerdo pero considero que es este un gran avance para la Argentina", concluyó. También, en el acto se promulgará la Ley de los 100 Días.
¿Qué establece la Ley?
El expediente consagra el derecho de mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar a decidir la interrupción del embarazo, requerir y acceder a la atención del aborto, y recibir atención postaborto en los servicios del sistema de salud.
El aborto se permitirá hasta la semana catorce inclusive, del proceso gestacional. Fuera de ese plazo solo se podrá acceder en caso de violación o si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante.
Mujeres y personas gestantes tienen derecho a acceder a la interrupción de su embarazo en los servicios del sistema de saludo con su asistencia, en un plazo máximo de diez (10) días corridos desde su requerimiento. En caso de menores de 13 años, se debe contar con el consentimiento informado y la asistencia de al menos uno de sus progenitores o representante legal. En los casos de adolescentes de entre 13 y 16, deberá tener un acompañante o "referente afectivo".
Previo a la realización del aborto se requiere el consentimiento informado de la persona gestante expresado por escrito. El profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia. Para ello deberá mantener su decisión en todos los ámbitos, público y privado, en que ejerza su profesión, y derivar de buena fe a la paciente para que sea atendida por otro u otra profesional en forma temporánea y oportuna, sin dilaciones.
Los centros de salud privados o de la seguridad social que no cuenten con profesionales para realizar un aborto a causa de la objeción de conciencia deberán prever y disponer la derivación a un lugar, de similares características, donde se realice efectivamente la prestación.