A partir del 24 de enero la guía de la Interrupción Voluntaria del Embarazo que regirá en todos los hospitales y salitas de la Provincia de Buenos Aires. El mismo es un manual de 31 páginas que detalla los cambios legales, sanitarios, la objeción de conciencia y el uso del misoprostol, entre otros aspectos, a partir de la implementación de la Ley 27.610.
La guía detalla que la norma actual “reemplaza el sistema de causales establecido en el Código Penal desde 1921, por un sistema mixto de plazos y causales al reconocer el derecho de las personas gestantes a interrumpir de forma voluntaria su embarazo hasta la semana 14, inclusive, del proceso gestacional. Fuera de este plazo, la persona gestante tiene derecho a acceder a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) si el mismo fuera resultado de una violación o si estuviera en peligro/riesgo la vida o la salud de la persona gestante”.
El manual de Implementación, “se encuentra dirigido a todo el personal de salud, como así también a funcionarias y funcionarios públicos de la provincia de Buenos Aires. Mediante esta Guía de Implementación se busca fortalecer, acompañar y complementar los lineamientos establecidos por el Ministerio de Salud de la Nación sobre este tema y a los cuales remitimos”.
El objetivo general “es orientar las prácticas del equipo de salud en la atención y cuidado de las personas en situación de interrupción del embarazo y postaborto, en el marco de la Ley Nacional N° 27.610. Se busca garantizar estas prácticas, contribuir a la disminución de la morbimortalidad prevenible y promover el ejercicio pleno de los derechos sexuales, reproductivos y no reproductivos de las personas”.
El derecho a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) contribuye “a reducir las inequidades en salud, de género y socioeconómicas, porque mejora el acceso a la salud de todas las mujeres y personas con capacidad de gestar, en especial de los sectores más vulnerables. También reduce las inequidades en el acceso, porque amplía la puerta de ingreso al sistema de salud: la consulta por IVE constituye una oportunidad para acompañar otras situaciones de vulneración como son la falta de acceso a métodos anticonceptivos y situaciones de violencias, muchas veces invisibilizadas”.
Según estadísticas oficiales del ministerio de Salud bonaerense, en la provincia de Buenos Aires, en el periodo 2008-2019, se podrían haber evitado al menos 235 muertes identificadas como muertes por aborto.
La guía detalla paso a paso el uso del misoprostol, las formas de utilizarlo y las dosis y cantidades en base a la cantidad de semanas que posea la gestación. También detalla distintos métodos y técnicas como la de Aspiración Manual Endouterina (AMEU) que “consiste en la evacuación del contenido uterino a través de una cánula unida a una fuente de vacío”.
Respecto de los consentimientos y edades para realizarse un aborto, “todas las personas de más de 16 años son consideradas por la legislación argentina como adultas en lo referente al cuidado de su propio cuerpo”.
Las personas de entre de 13 a 16 años, “pueden brindar su consentimiento en forma autónoma si se trata de prácticas que no representen un riesgo grave para su vida o su salud. De existir un grave riesgo para la vida o la salud de la adolescente será necesario además de su consentimiento, el asentimiento de sus progenitores, representantes legales, personas que ejerzan formal o informalmente roles de cuidado, personas allegadas o referentes afectivos”.
Las personas menores de 13 años “deberán dar el consentimiento con el acompañamiento de sus progenitores, representantes legales, personas que ejerzan formalmente o informalmente roles de cuidado, personas allegadas o referentes afectivos”. De existir conflicto de intereses entre la niña o adolescente y el adulto que acompaña “se debe proceder teniendo en cuenta el interés superior de la niña”.
Objeción de conciencia y el Código Penal
Si bien cualquier médico o médica puede negarse a realizar dicho tratamiento, “en ningún caso debe impedir ni obstaculizar el ejercicio de derechos por parte de las personas gestantes”. La ley nacional impone que deberá garantizarse “la atención y realización de la práctica según los máximos estándares de calidad a quien lo solicita”.
En caso de existir la objeción de conciencia por parte de la o el profesional, “deberá garantizarse a la persona gestante la derivación a otra u otro médico en forma oportuna y sin dilaciones”. El plazo para la realización de la práctica es de 10 días corridos a partir de su solicitud.
La ley nacional realizó modificaciones al Código Penal argentino. “Los abortos realizados con consentimiento de la persona gestante, hasta la semana 14inclusive, de gestación se denominan IVE y dejan de ser reprochables penalmente”, tal como constaba en el artículo 86 del Código. Tampoco se sancionará “a quien causare aborto con consentimiento de la persona gestante, conforme a los plazos y causales previstas”, que figuraba en el artículo 85.
Luego de la semana 14 de gestación el aborto seguirá siendo legal si se realiza mediante las causales previstas por el artículo 86 del Código Penal, es decir, si se realiza cuando el embarazo es producto de una violación, o cuando se encuentra en peligro la salud o la vida de la persona gestante.
En relación a la causal violación se elimina la mención a la “mujer idiota o demente” y se incorpora como único requisito para acceder la declaración jurada de la persona gestante ante el equipo de salud interviniente.