El plan siempre fue la proscripción. Los tiempos judiciales no dan para otra cosa. Tampoco necesitan más. Si los acusadores tenían alguna duda las apariciones públicas cada vez menos espaciadas de la vicepresidenta los terminaron de convencer. La posibilidad de CFK 2023 es real y el establishment empresarial, que es el verdadero titiritero de Comodoro Py, juega fuerte para evitarlo. Su instrumento es el Poder Judicial y los medios de comunicación corporativos; su arma la causa Vialidad; sus Minions la oposición; su estrategia, que algún suelto de lengua no pudo evitar buchonear, no pasa tanto por la condena de los delitos que le inventan sino por la inhabilitación para ser candidata.
La movida es cruel. Quieren empujar a CFK a reclamar para sí el antecedente Menem, al que la Corte habilitó para ser candidato a senador ante los pedidos de inhabilitación por múltiples causas de corrupción. Sería raro que ella caiga en la trampa aunque el relato está escrito: CFK, al igual que Menem, buscará refugiarse en fueros para terminar sus días en libertad. Ya es corrupta, pero reina la impunidad. Nunca aclaran que en los 2 primeros años de gobierno del lawfare, desde que asumió Mauricio Macri el 10 de diciembre de 2015, CFK no tuvo fueros. Pidieron su detención cuando los tenía, luego de las elecciones de medio término de 2017 cuando asumió como senadora bonaerense.
Es un discurso que, bajo blindaje mediático, siempre tiene una respuesta. Si CFK es condenada está bien; si no es condenada hay impunidad; si es condenada pero queda libre es porque buscó los fueros. Un laberinto al que no se le ve salida, al menos en lo comunicacional. La salida es política. Hoy habla CFK.
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La Corte Suprema ya dio vía libre para toda esta maniobra. Incluso avaló que el control de la sentencia lo hagan los camaristas Mariano Borinsky y Gustavo Horno, sobreseídos -sin ser investigados- por sus reuniones con Mauricio Macri en la quinta de Olivos. Macri es quien impulsó esta causa. Que el fiscal Luciani y el juez Rodrigo Giménez Uriburu jugaran juntos al fútbol en su quinta Los Abrojos tampoco fue obstáculo para que continuaran a cargo del juicio contra CFK. Las olimpíadas del lawfare buscan su campeón.
CFK no irá presa una vez que este tribunal, tal como ella misma denunció, lea la condena que ya tiene escrita. No sólo porque tiene que ser una condena firme (aunque en casos como los de Amada Boudou o Milagro Sala ese pequeño obstáculo constitucional se dejó de lado) sino porque tiene fueros hasta que termine su mandato y es muy improbable que la oposición logre quitárselos.
El eje, es claro, es la proscripción, no la prisión. La pregunta es si CFK podría ser candidata con una condena en su contra. Tiene una lectura doble: si puede en términos políticos, lo que incluye tanto las relaciones internas en el Frente de Todos (que en las últimas horas salió en bloque a apoyarla) como la presión mediática opositora para alegar alguna cuestión moral o ética; y si puede en términos legales, donde hay bibliotecas múltiples y aún así ni siquiera es seguro de que las lean para decidir.
En el Código Penal hay dos tipos de inhabilitaciones, la absoluta y la especial. La absoluta está en el artículo 19 y priva del “empleo o cargo público que ejercía el penado aunque provenga de elección popular”, no permite que participe de elecciones y le quita cualquier jubilación o pensión. El artículo 20 dice que la “inhabilitación especial para derechos políticos producirá la incapacidad de ejercer durante la condena aquellos sobre que recayere”.
¿Dan los tiempos para que se active la mentada inhabilitación previo a las elecciones? Quienes conocen los vericuetos judiciales creen que la sentencia puede llegar antes de las elecciones pero la confirmación, sea de la Cámara de Casación o de la Corte, puede llegar luego de los comicios o aún tras una hipotética asunción. El Código Penal permite tanto inhabilitarla como interrumpir un mandato. Eso si los tiempos fueran comunes, corrientes y de acuerdo a la ley. Pero tratándose de CFK es evidente que con una condena del tribunal, aún sin que esté confirmada, la presión opositora y mediática será feroz. Ya han demostrado que la Constitución no es algo que les preocupe.
Esto implica que una condena abre la puerta no solo a forzar una proscripción (que se descuenta que intentará fogonear la oposición) sino también que entrega a la Corte la posibilidad de interrumpir un mandato de CFK, si es que se presenta a elecciones y es elegida para un cargo. Porque si la sentencia se ejecuta cuando quede firme, y eso está en manos del Alto Tribunal, que no tiene plazos para expedirse, los supremos podrán administrar los tiempos políticos a su antojo para decidir cuándo condicionar un mandato de la actual vicepresidenta. Está claro que la decisión del TOF 2 en esta causa empodera a los cuatro ministros cortesanos, que a su vez le dieron vía libre al tribunal.
Si la Corte decidiese dejar firme una condena con CFK ya en un cargo, desde tribunales explicaron que podría oponerse un planteo para que no se obstaculice el desempeño del mandato popular hasta que se agote el plazo del cargo. Siendo así, se suspendería la ejecución de la inhabilitación y/o privación de libertad hasta que finalice el mandato. Está claro que esta discusión que puede abrirse post elecciones 2023 dependerá de la musculatura política que pueda adquirir la fuerza que apuntale CFK.
¿Cómo es el camino para que la sentencia del TOF 2 quede firme? Una vez que los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso firmen su veredicto el caso será revisado por la Cámara Federal de Casación Penal. Cuando, hace unos días, la Corte dio vía libre para esta condena cantada, además de rechazar todas las impugnaciones que planteó la defensa de CFK avaló que la Sala IV de la Cámara de Casación sea la que revise la sentencia. Esa sala está conformada por Hornos, Borinsky y Javier Carbajo. Los 2 primeros eran los que se reunían con Macri en fechas clave para el armado de causas contra CFK; a Carbajo lo nombró Macri.
La defensa de CFK había planteado que en esta causa debe intervenir la Sala I, que integran Diego Barroetaveña, Daniel Petrone y Ana María Figueroa, ya que por allí tramitaron las que llaman “causas conexas” como Hotesur y Los Sauces. La Corte volvió a decir “siga, siga”: “Debe señalarse que los agravios vinculados a la pretendida vulneración de la garantía del juez natural por haber intervenido la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal en lugar de la Sala I no han sido fundados mínimamente”, sostuvieron los cortesanos. Hornos y Borinsky tienen vía libre.
Si la Casación –es decir, Hornos y Borinsky- confirmase la condena que pretende la oposición, el caso tendrá una última escala en la Corte, que es la Corte del lawfare. En ese contexto, el poder de condicionamiento político que tendrá el Alto Tribunal será determinante. El macrismo sabe que la persecución judicial que impulsó no fue en vano.