Ya es oficial: se prohibieron los despidos y las suspensiones por 60 días

El decreto 329/2020 publicado en el Boletín Oficial establece que no se podrá echar trabajadores sin justa causa o por falta o disminución de trabajo.

01 de abril, 2020 | 07.34

El Gobierno nacional prohibió por decreto los despidos "sin causa justa o disminución de trabajo y fuerza mayor" por el lapso de sesenta días. Tal como había anticipado El Destape,  finalmente, el Presidente decidió endurecer la política oficial tras los anuncios de despidos masivos de grandes empresas como Techint y Mirgor. 

 A través del decreto 329/2020, publicado el martes por la noche en la edición extraordinaria Boletín Oficial y con la firma de todos los integrantes del gabinete nacional, el Gobierno determinó la suspensión de los despidos por dos meses.

 "Prohíbense los despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de sesenta (60) días contados a partir de la fecha de publicación del presente decreto en el Boletín Oficial", establece el decreto.

Además, se dispuso prohibir también las suspensiones "por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo", siempre dentro de los próximos 60 días.

En los considerando, se afirmó que "resulta indispensable garantizar la conservación de los puestos de trabajo por un plazo razonable, en aras de preservar la paz social y que ello solo será posible si se transita la emergencia con un Diálogo Social en todos los niveles y no con medidas unilaterales".

En el artículo 4 se determinó que los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto en este decreto "no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales".