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De esta forma, el Enargas acató el fallo del máximo tribunal y dispuso además que las facturas deberán realizarse con el cuadro vigente hasta el 31 de marzo y que, más allá del aumento del consumo durante este año por las bajas temperaturas, las mismas no podrán tener más de un 500% de aumento en comparación con el mismo bimestre del 2015.
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En los casos en los que no pueda hacerse una comparación con el mismo bimestre del año pasado por que hubiera un cambio de titularidad, se tomará como referencia lo que habría pagado ese usuario si hubiera consumido, en 2015, lo mismo que consumió en el mismo período de 2016 pero calculado con el cuadro tarifario para aquellos que tenían un ahorro de entre 5 y 20%, el cual disponía un costo menor por metro cúbico.
La deuda se podrá pagar en cuatro cuotas mensuales, iguales y consecutivas
A su vez, quienes hayan pagado alguna factura con los aumentos (que en algunos casos superaron el 1000%) recibirán una nota de crédito en las facturas subsiguientes hasta saldar la deuda que las empresas tienen con ellos.
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Quienes adeuden facturas, ya que las empresas no pudieron emitir ningún comprobante por el freno judicial, deberá dividir esa deuda en cuatro cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
Con relación a la tarifa social, que el Máximo Tribunal mantuvo en pie, el Enargas dispuso que a sus beneficiarios se les refacture con el cuadro tarifario vigente al 31 de marzo de este año y, si el mismo da como resultado una factura superior, entonces se aplique el cuadro tarifario de la tarifa social presente en la resolución 28 del Ministerio de Energía.
Se espera, mientras tanto, la realización de la audiencia pública, convocada originalmente para el 12 de septiembre en la Usina del Arte, en donde el Gobierno deslizó este miércoles que presentará un cronograma de aumento tarifario distinto del que frenó la Corte, con topes del 400% para usuarios residenciales. Las industrias y comercios, mientras tanto, comienzan a luchar en la Justicia para obtener el mismo beneficio que le dieron a los usuarios residenciales.