Sobreseyeron a los jefes de la AFI macrista, Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, en la causa por presiones al juez Luis Carzoglio

Los jefes de los espías del PRO fueron acusados de presionar al juez Luis Carzoglio para que dicte un fallo contra Hugo Moyano. 

27 de diciembre, 2019 | 13.48

La Cámara Federal porteña confirmó el sobreseimiento al ex titular de la AFI Gustavo Arribas y de su ex segunda Silvia Majdalani, en una causa que investiga presiones al suspendido juez de Lomas de Zamora, Luis Carzoglio, para avanzar en una investigación contra el sindicalista Hugo Moyano. De toda maneras, el tribunal ordenó profundizar la pesquisa para determinar si hubo otros ilícitos.

El juez de primera instancia, Ariel Lijo, había rechazado la acusación a principios de diciembre por considerar que la existencia de la reunión que mantuvieron dos agentes de inteligencia con Carzoglio "no puede concluir que se hubiera ejercido o intentado ejercer presión" para que el magistrado dicte un fallo contra Moyano. El abogado del dirigente camionero, Daniel Llermanos apeló esa decisión, que hoy fue ratificada por la Cámara

En el fallo, sin embargo, los camaristas Martin Irurzun y Leopoldo Bruglia aclararon que el sobreseimiento es sólo por ese hecho. Por ésto encomendaron al juez Lijo continuar la pesquisa vinculada a establecer si existió "una supuesta actividad ilícita desde organismos oficiales tendiente a perjudicar a Hugo y Pablo Moyano" con respecto a todos los imputados.

Los sobreseimientos se resolvieron por una reunión con Carzoglio, quien por entonces era el titular del juzgado 9 de Avellaneda y llevaba adelante una investigación vinculada a los Moyano. Sobre esta reunión, la Cámara ratificó que no hubo delito en base a informes oficiales de la AFI, la declaración de Carzoglio y copias de la causa judicial. "Debe quedar en claro que lo vinculado a la investigación de las demás circunstancias integradas por el objeto de la causa no es afectada por la solución que se adopta respecto del hecho concreto referido, que aun cuando por sí no resultó delictivo, es una circunstancia que podrá ser tenida en cuenta para contextualizar aquello que sigue siendo materia de instrucción", sostuvo el fallo.

Para los camaristas, "nada impide que, con relación al resto de los extremos de las hipótesis de cargo, se avance sostenidamente en la averiguación de lo acontecido y, llegado el caso, se proceda como corresponda en torno a todos los imputados por ello”.