Salta: Saenz presentó un polémico amparo que habilita la censura previa para periodistas

01 de febrero, 2019 | 12.40

Un fallo judicial despertó polémica en Salta y puede sentar un precedente peligroso en materia de libertad de expresión. El mismo, a priori, reinstala la censura previa y establece un blindaje a la crítica de funcionarios. La medida tiene como protagonista al intendente de la capital de la provincia del norte, Gustavo Sáenz, y los funcionarios Nicolás Demitropulos y Pablo Outes.

María Edith Rodríguez, jueza de Garantías 7 en feria, ordenó al titular de dos diarios digitales Ver Noticias y Aerom, Victor Elías, el cese inmediato de toda publicación y difusión de carácter injuriante, irrespetuoso, agraviante y destinado exclusivamente al ataque de la honra, dignidad y honor que agravien al intendente de la Capital y a los dos funcionarios municipales.

La resolución de la magistrada, quien hizo lugar a la acción de amparo interpuesta por el intendente Gustavo Ruberto Sáenz, y los funcionarios Nicolás Demitrópulos y Pablo Outes; ordena el cese de las publicaciones que agravien a los tres funcionarios, “en su carácter personal y que excedan la finalidad de críticas a la gestión pública”, en los términos de los artículos 87 de la Constitución Provincial y 43, de la Constitución Nacional.

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Por esta situación, los portales Ver Noticias y Aerom de propiedad de Victor Elías, deberán extraer todas las publicaciones existentes con contenido de carácter personal: cuya existencia fue demostrada a través de la prueba documental aportada a la causa.

¿Blindaje a la crítica a funcionarios?

La jueza amplió la orden de no difundir o publicar en los medios digitales, a las redes sociales, cuando se trate de ofensas personales y agravios hacia el jefe comunal y los dos funcionarios, en el entendimiento de que “agreden su integridad personal y espiritual”.

Dijo la jueza que “como derecho constitucional, la libertad de expresión está garantizada para todos los ciudadanos de nuestra Nación, pero dicha garantía encuentra su límite debiendo ceder cuando se traspasa la finalidad para la cual fue creada, afectando de manera directa otros derechos que en la ponderación de valores deben encabezar la prioridad de protección”.

Y que “cuando ya se ha dejado de hacer un uso racional, limitado y respetuoso de un derecho, lesionando de manera directa los derechos personalísimos de los seres humanos, como el derecho a la honra, la dignidad personal y a la libertad de trabajo garantizada en la tranquilidad sin constantes hostigamientos, principios estos que están por encima de cualquier otro por la sola condición de ser humano, debe procederse al limitar ese uso de una prensa mal usada y tergiversada.

Y agregó que en este caso “el derecho a la libertad de expresión en nada queda inmovilizado o imposible de seguir siendo ejercido por el demandado…” ya que los actores “simplemente requieren el cese del agravio y ofensas que dañan el normal desarrollo de la función con la clara afectación al derecho al trabajo”.

El Destape dialogó con expertos en la materia para conocer la magnitud que puede tener este fallo judicial.

Santiago Marino, Doctor en Ciencias Sociales y Magíster en Comunicación y Cultura y Licenciado en Ciencias de la Comunicación (FSoc, UBA) expresó: “Es un pésimo antecedente para el país y para la provincia de Salta”. A lo que sumó: “El fallo es un mensaje negativo de como regular las redes. Y no solamente eso, los derechos de las audiencias también se ven lesionados”. Marino señaló: “La discusión de quienes son personas públicas y los límites a la publicación tiene como antecedente el caso de Cecilia Pando y la Revista Barcelona”.

La publicación de humor político había sido condenada a indemnizar a la representante de la asociación de familiares de militares condenados por delitos de lesa humanidad. Sin embargo, luego de la apelación, el procurador fiscal ante la Corte Suprema entendió que la contratapa que molestó a Pando está amparada por el derecho a la libertad de expresión. Marino, además, dijo: “Si el fallo queda firme se va a tratar de una situación grave de lesión al derecho de información, marcando una censura previa”.

Damian Loreti, abogado por la Universidad de Buenos Aires y doctor en Ciencias de la Información por la Universidad Complutense de Madrid, expresó de manera tajante: “Se trata de una medida de censura, la impone y además, desconoce los estándares interamericanos”.

Por último, Martín Becerra, Doctor en Ciencias de la Información e investigador Independiente en el CONICET, analizó en Twitter:

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