El Poder Judicial de la Nación ratificó la decisión de desestimar una denuncia del Gobierno porteño contra Abuelas de Plaza de Mayo por realizar un acto en la vía pública, en conmemoración del 40 aniversario de la organización. Con este fallo, además, puso en jaque el sistema del oficialismo para desalentar las manifestaciones, al asegurar que el derecho a la libertad de expresión debe primar por el de la circulación en caso de que haya vías alternativas.
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional número 13 ratificó el dictamen de la fiscal Mónica Cuñarro y declaró "inexistencia de delito" en la denuncia efectuada por la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires contra Abuelas de Plaza de Mayo. Según el juez Luis Zelaya, "no existió un daño material y sí rutas alternativas para el tránsito, sumado a que su intención era solamente celebrar" el aniversario.
"Lo más grave es que fue una denuncia del Gobierno de la Ciudad contra las Abuelas porque estaban celebrando su cuarenta aniversario", dijo Alberto Fernández a El Destape. Cuñarro, titular de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional 16 de la CABA pidió desestimar la denuncia ya que no se registraron daños durante el acto, los servicios públicos no se vieron afectados y había vías de tránsito alternativas. Además, priorizó el derecho a la libertad de expresión sobre el de circulación al haber otros canales de comunicación posibles.
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En su detallado dictamen, la Fiscal advirtió sobre "la cantidad de datos omitidos por el denunciante (GCBA), tales como vías de transporte, domos, la existencia de una boca de subterráneos, entre otros elementos que me persuaden sobre el posible carácter malicioso de tantos datos llamativamente omitidos". En esa línea, hizo referencia a una "doble vara" por parte de la Procuración de la Ciudad, ya que no actuó del mismo modo con otras manifestaciones que también, presuntamente, podrían haber afectado el transporte.
Además, Cuñarro recordó que la Convención Americana estableció "que se respete escrupulosamente el derecho de cada ser humano a expresarse libremente" en un estado democrático. Acto que sería impedido por el Gobierno porteño con esta denuncia.
Al respecto, Fernández dijo a El Destape que "no es posible pensar que alguien pueda ser detenido por el sólo hecho de manifestarse y cortar una calle" y recordó que el Gobierno sacó una resolución para disponer "que los micros no pueden llevar manifestantes a una movilización". "¿Cuál es el problema, si es un transporte público?", se preguntó, "si van en camiones en vez de micros, se terminó la historia". Por eso, calificó esta medida como "ridícula" y un mecanismo "nocivo que lastima la inteligencia humana y el respeto a quejarse".
Según entendió Fernández, abogado y profesor en derecho penal, "todo se suscribe en una lógica de desalentar la protesta, desalentarla no dando soluciones sino quitándole herramientas (a la gente) para que se pueda protestar".
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En su dictamen, la Fiscal advirtió que "cualquier decisión que implique continuar la persecución penal en este tipo de casos (...) demostraría el peligro de permitir que una norma de esta naturaleza sea utilizada para criminalizar opiniones, reclamos y legítimos ejercicios del derecho de reunión por parte de sectores que no están de acuerdo con el Gobierno de turno".
La denuncia del Gobierno porteño se basó en el artículo 194 del Código Penal, por el que se establece una pena de tres meses a dos años de prisión para quienes pongan en peligro, estorben o entorpezcan el funcionamiento de los servicios públicos, algo que no ocurrió durante el acto de Abuelas, según explicó y detalló Cuñarro en su dictamen.
Finalmente, Alberto Fernández remarcó que las manifestaciones necesitan "algún grado de organización, no podés cortar todas las calles porque generás un caos pero podés cortar un carril, dos carriles durante un tiempo limitado mientras haya otras vías de comunicación". Sin embargo, denunció que el Gobierno no puede plantear "que no va a haber manifestaciones porque te cortan la calle y menos sancionarlo penalmente".