"La nueva fórmula de actualización de haberes jubilatorios contemplada en el proyecto oficial no puede ser aplicada retroactivamente a los actuales beneficiarios" aseguró el abogado constitucionalista Daniel Sabsay y remarcó que "implica una seria violación al principio respectivo y a la seguridad jurídica en que se asienta el derecho de propiedad".
LEÉ MÁS: Hoy se vota la reforma previsional y fiscal, con final abierto
Por otro lado enfatizó que el "principio de progresividad" no es aplicable en materia de derechos sociales, por lo que el Estado no puede alterar de manera perjudicial algún derecho adquirido.
Este contenido se hizo gracias al apoyo de la comunidad de El Destape. Sumate. Sigamos haciendo historia.
"Se apoyan en el artículo 26 de la Convención Americana de Derechos Humanos y el artículo 2.1 del Pacto de Naciones Unidas sobre derechos económicos, sociales y culturales, ambos con jerarquía constitucional", enfatizó el abogado, en declaraciones al diario Clarín.
Con la nueva ley que desea aprobarse, los jubilados, pensionados comenzarán a recibir en marzo de 2018 un ajuste trimestral, que será inferior al aumento semestral de la actual fórmula que aplicó el Gobierno de Cristina Kirchner.