En un durísimo fallo, el juez federal Gustavo Lleral ordenó la destrucción de las escuchas telefónicas realizadas a los teléfonos de Sergio Maldonado y otras personas cercanas a Santiago Maldonado.
Las escuchas habían sido ordenadas por el polémico juez Guido Otranto, quien entendía en la causa al comienzo de la investigación, antes de ser removido. Los pedidos de intervención fueron sobre las comunicaciones de Sergio Maldonado, Ariel Garzi (un amigo de Santiago) y la dirigente mapuche Claudina Pilquiman.
Sin embargo, el 30 de septiembre pasado, Lleral canceló las escuchas y las mantuvo separadas de la investigación hasta ahora. El juez definió "la nulidad absoluta" de esos audios "por resultar abiertamente inconstitucionales e inconvencionales".
Este contenido se hizo gracias al apoyo de la comunidad de El Destape. Sumate. Sigamos haciendo historia.
También ordenó "la destrucción de todos los registros y archivos documentales y/o magnetofónicos, escritos y/o auditivos, sus originales y copias, así como también todo registro existente en la Dirección de Captación de Comunicaciones del Poder Judicial, producidos u obtenidos a partir de las intervenciones telefónicas ordenadas a través de las resoluciones que aquí se anulan, todo ello una vez firme la presente resolución".
El fallo del juez se aceleró luego de que la pasada semana trascendiera parte de los audios de Garzi. "El magistrado antecesor ordenó una medida que, a mi juicio, afectaba indiscutiblemente el derecho a la intimidad de los ciudadanos destinatarios de ella, expresión indiscutible de la libertad de un individuo", sostuvo Lleral en su alegato.
Y enfatizó: "La medida se concibe legalmente sólo a partir de la existencia de una investigación judicial penal, y destinada a la individualización de los eventuales autores y/o partícipes del hecho sobre el que se inquiere, así como a la determinación de los comportamientos supuestamente delictivos".
Asimismo, resaltó que si Otranto sabía que las personas a quienes les intervino sus líneas telefónicas "sabían o poseían datos útiles para la búsqueda de Santiago Maldonado, debió haberlos convocado para escucharlos, al menos, como testigos".
Y apuntó que la decisión de Otranto resulta "abiertamente reñida con los derechos fundamentales" por tres motivos: "Ninguna de las personas cuyas comunicaciones telefónicas fueron judicialmente intervenidas revestía el carácter de imputada o sospechosa; "El proceso constitucional de hábeas corpus es abiertamente incompatible con la violación de los derechos fundamentales de testigos y, sobre todo, del hermano de la víctima del supuesto hecho aquí denunciado"; "No era el último recurso disponible".