Nuevos aportes para el personal doméstico: ahora tendrán ART

31 de octubre, 2014 | 11.16
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) fijó hoy las nuevas contribuciones que deberán abonar aquellos que contraten servicio doméstico, cuyo régimen incluirá a partir de mañana la cobertura de aseguradoras de riesgo de trabajo (ART).

Mediante la Resolución General 3593, publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma del titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, se estipuló el régimen de ingreso de aportes y contribuciones y cuotas con destino al sistema de riesgo de trabajo, que va de 142 a 498 pesos mensuales.

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Según la normativa, el pago para el personal que trabaje menos de 12 horas semanales será de 161 pesos, de los cuales 19 irán como aportes al Sistema Nacional de Seguro de Salud, 12 como contribuciones al Sistema Previsional y 130 pesos como cuota para el Sistema de riesgo de Trabajo.

Mientras tanto, para lo que trabajen entre 12 y 16 horas semanales, el pago total será de 224 pesos mensual, de los cuales 35 irán al seguro de salud, 24 al sistema previsional y 165 al de riesgo de trabajo.

Por su parte, quienes trabajen 16 horas o más, el aporte total será de 498 pesos, 233 para el sistema de salud, 35 para contribuciones al sistema previsional y 230 pesos de ART.

La resolución establece también una distinción entre los trabajadores activos de entre 16 y 18 años, para los que la escala de pagos será la siguiente: para los que trabajen menos de 12 horas semanales 149 pesos, de los cuales 19 se destinarán al sistema de seguro de salud y 130 a las ART.

Los que trabajen entre 12 y 16 horas semanales, el pago será de 200 pesos, desagregado en 35 para el seguro de salud y 165 para la ART, mientras que los que cumplan servicios de 16 horas semanales o más, el pago será de 463 pesos, de los cuales 233 irán al seguro de salud y 230 para el de riesgo de trabajo.

Asimismo, se estableció que respecto al personal de casas particulares que esté jubilado, los empleadores deberán pagar entre 142 y 265 pesos, dependiendo las horas semanales que trabajen y la norma indica que en caso de extinción de la relación laboral, el empleador sólo deberá ingresar los aportes y contribuciones correspondientes al seguro de salud y al sistema previsional.

Los pagos deberán realizarse hasta los 10 días del mes siguiente y para ser utilizados como deducción para el pago del impuesto a las ganancias, los empleadores deberán presentar el ticket que respalde el pago mensual correspondiente a aportes y contribuciones.

Fuente: DYN

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