No podrán venderse respiradores artificiales sin autorización del Ministerio de Salud

La resolución fue publicada esta mañana en el Boletín Oficial.

01 de abril, 2020 | 08.16

En el marco de la emergencia sanitaria por el Coronavirus, el Gobierno restringió la venta de respiradores artificiales. La medida fue publicada en la Resolución 695/2020 del Boletín Oficial y notifica que, a partir del día de hoy,  la distribución de los respiradores será de manera planificada y concertada por el Ministerio de Salud.

"Las empresas fabricantes, distribuidoras o comercializadoras de ventiladores mecánicos invasivos no podrán hacer entrega de unidades sin previa autorización expresa del MINISTERIO DE SALUD, independientemente de la existencia de orden compra, contrato u obligación de cualquier naturaleza que hubieran contraído las citadas", expresa la resolución que incluye a establecimientos de atención de la salud del sector público, privado, de la seguridad social, de los establecimientos de las Fuerzas Armadas, de Seguridad y de las Universidades Nacionales.

La medida busca cuidar de las "personas afectadas y categorizadas como graves conforme los protocolos vigentes, con el propósito de contribuir a la recuperación pronta y segura de los individuos". Por este motivo, "resulta necesario disponer del máximo de la capacidad operativa de las camas correspondientes a las Unidades de Cuidados Intensivos del conjunto de los subsectores que conforman el sistema sanitario argentino, tanto público como privado y de la seguridad social".

El Gobierno considera que es necesario que, antes de establecer la venta, distribución o entrega de ventiladores mecánicos invasivos, deberán tener la previa y expresa conformidad del Ministerio de Salud "en su carácter de Autoridad Sanitaria y de aplicación de la emergencia sanitaria".

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