Los monotributistas podrán usar sus viejos talonarios de facturas hasta terminarlo y recién luego estarán obligados a imprimir los nuevos sobre la base de la nueva normativa. Así lo confirmó el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray.
Echegaray dijo que las facturas de monotributistas ya impresas, continuarán vigentes hasta que el contribuyente necesite realizar nueva impresión de comprobantes. "A partir del 1º de enero de 2015 comenzará a regir un nuevo régimen para autorización de impresión de boletas, pero aquellas que estén impresas se podrán seguir utilizando", dijo.
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En principio, una resolución de AFIP obligaba a que las boletas impresas quedaran fuera de circulación desde el 1º de enero y que deban ser cruzadas con la nómina: "Anuladas". Sin embargo, Echegaray indicó a sus funcionarios en medio de una conferencia de prensa que tomarán nota para emitir una "aclaratoria" respecto de que a partir del 1º de enero sólo entra en vigencia la obligación de una autorización electrónica para la nueva emisión de comprobantes.
Al imprimir sus nuevos talonarios, los monotributistas de la categoría C deberán agregar datos que comenzarán a ser obligatorios, según una disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Según la resolución 3665, los monotributistas que impriman sus facturas tienen que incluir en ellas el Código de Autorización de Impresión (CAI), que hasta ahora no es exigido por el organismo recaudador a este tipo de contribuyentes y sí lo hacía para aquellos que emitían facturas tipo A y B.