Mandan a juicio a un empleado que filmó la pantalla donde se veía a Nisman volviendo de Europa

07 de enero, 2019 | 07.39

Un empleado del aeropuerto de Ezeiza irá a juicio por el supuesto seguimiento al fiscal Alberto Nisman en su llegada desde Europa, días antes de su denuncia contra la ex presidenta Cristina Kirchner y de que apareciera muerto en su departamento de Puerto Madero.

Se trata de Gonzalo Horacio Tzareff, acusado del delito de violación de sistemas de confidencialidad y seguridad de datos personales. La causa la llevó adelante el juez federal de Lomas de Zamora Federico Villena y el fiscal Sergio Mola.

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Aquel 12 de enero de 2015, Nisman retornaba al país luego de un viaje que había encarado a Europa con sus hijas y que interrumpió para denunciar a la entonces mandataria por supuesto encubrimiento de la investigación del atentado a la AMIA por la firma del Memorándum de Entendimiento con Irán.

Seis días después de su vuelta a la Argentina vía el aeropuerto internacional de Ezeiza, Nisman era encontrado sin vida en su departamento de las Torres Le Parc, en Puerto Madero.

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Luego de la muerte del fiscal, el episodio tal cual fue difundido en televisión y redes sociales sobre la llegada de Nisman a Ezeiza sugirió que estaba siendo vigilado por los servicios de inteligencia por la particular atención que se hacía de sus movimientos en el Aeropuerto.

Pero con el avance de la investigación se derrumbó aquella sospecha y finalmente se conoció que las imágenes captadas por Tzareff fueron el 21 de enero, tres días después de la muerte de Nisman, y lo que hizo fue una compilación para luego filtrarlas.

Según una pericia tecnológica incorporada a la causa, las imágenes fueron grabadas mediante un método casero que podría implicar un celular o una cámara manual, del monitor en que se reproducía la secuencia con el arribo de Nisman en el Aeropuerto.

Tzareff había sido detenido pero luego liberado, ya que quedó implicado a raíz de que una cámara de seguridad lo captó supuestamente haciendo la compilación de imágenes en cuestión. El aduanero será juzgado por el artículo 157 bis del Código Penal que prevé de un mes a dos años e inhabilitación especial de uno a cuatro al funcionario público que revelare hechos, actuaciones, documentos o datos que por ley deben ser secretos.