El proyecto de "Solidaridad Social y Reactivación Productiva" que impulsa el Gobierno de Alberto Fernández en el Congreso establece que el impuesto del 30% para los gastos hechos en dólares no alcanzará a las compras realizadas antes de la sanción.
En el artículo 40 del dictamen de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de Diputados señala que el impuesto "será de aplicación a las operaciones, liquidaciones y pagos efectuados a partir del día siguiente a la entrada en vigencia de la presente ley, con exclusión de las transacciones efectuadas con anterioridad a dicha fecha".
Así, quienes hayan hecho compras con tarjeta en fechas previas a la sanción de la ley estarán eximidos de tributar aun cuando el cierre de la tarjeta utilizada y su pago ocurra con posterioridad.
El proyecto de ley original decía, en el inciso b del artículo 35, que el impuesto se aplicaría "en la fecha de cobro del resumen o liquidación de la tarjeta de que se trate", y establecía que se cobraría en su totalidad en una sola vez "aun cuando el saldo resultante del mismo se abone en forma parcial".
La modificación aplica sobre el impuesto del 30% sobre los gastos en moneda extranjera que aplica, entre otras cosas, a la compra de bienes y servicios en el exterior vía plataformas, pasajes al extranjero o divisas para atesoramiento.