El gobierno de Alberto Fernández presentó el proyecto de ley para reestructurar la sostenibilidad de la deuda y la iniciativa se tratará la semana próxima en el Congreso. El Ministerio de Economía se centrará en las obligaciones según ley extranjera y tratará de incluir las cláusulas “anti buitre” (cláusula de acción colectiva) en los bonos de legislación local.
El proyecto detalla el trasfondo técnico: Economía será la autoridad de aplicación de la ley y precisa los bienes y servicios sobre los cuales la Argentina tiene soberanía nacional (como sedes diplomáticas; reservas o cuentas del BCRA, entre otros). En esa línea, el proyecto señala como “prioritario para el interés de la República Argentina la restauración de la sostenibilidad de la deuda pública externa, en los términos del artículo 65 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156”.
"El Poder Ejecutivo podrá realizar operaciones de crédito público para reestructurar la deuda pública y los avales otorgados en los términos de los artículos 62 y 64 mediante su consolidación, conversión o renegociación, en la medida que ello implique un mejoramiento de los montos, plazos y/o intereses de las operaciones originales”, expresó el documento.
Otro elemento destacado es que las comisiones serán “en condiciones del mercado” y que no podrán superar en ningún caso el 0,1% por todo concepto del monto "efectivamente canjeado y/o reestructurado", acorde a las especificaciones técnicas particulares que determine la Autoridad de Aplicación.
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En otro aspecto, el proyecto faculta a Economía para fijar la prórroga de jurisdicción a favor de tribunales extranjeros, "y que dispongan la renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana, exclusivamente, respecto a reclamos en la jurisdicción que se prorrogue y con relación a los contratos que se suscriban y a las operaciones de crédito público que se realicen".
Asimismo, también autoriza a la cartera conducida por Martín Guzmán a “realizar todos aquellos actos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente ley” como son “emitir nuevos títulos públicos a efectos de modificar el perfil de vencimientos de intereses y amortizaciones de capital para restaurar la sostenibilidad de la deuda pública externa; determinar las épocas, plazos, métodos y procedimientos de emisión de nuevos títulos públicos; designar instituciones y/o asesores financieros para que actúen como coordinadores en la estructuración”..