Los 20 cambios del proyecto opositor de Ganancias, a un paso de ser ley

07 de diciembre, 2016 | 08.27
El proyecto de reforma al impuesto a las Ganancias consensuado entre diferentes bloques opositores presenta una serie de modificaciones, entre las que se incluye la actualización automática de las escalas, la vuelta de las retenciones a la minería, además de gravar, en determinados casos la renta financiera y los juegos de azar.

Los siguientes son los principales aspectos del proyecto:

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* Se actualiza el mínimo no imponible y las deducciones de carga de familia. Para los trabajadores solteros, el mínimo será de 34.500 pesos de salario bruto y para los casados de 44.000 pesos.

* Las deducciones se aumentan más para los que menos ganan, con una fórmula progresiva.
* Se actualizan las escalas.
* Habrá una actualización automática de montos de manera tal de que siempre tributen solo el 10 por ciento de los de mayores ingresos.
* Las escalas se actualizarán automáticamente por la Remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE).
* Habrá un aumento de deducciones por zona desfavorable del 45 por ciento.
* La deducción por alquiler de vivienda será de hasta 66.000 pesos anuales.
* Se aumenta la deducción por créditos hipotecarios.
* Deducción por gastos de educación cuando no hay vacante u oferta pública.
* Se exime el aguinaldo para los salarios más bajos dentro del tributo.
* Se exime de Ganancias las jubilaciones hasta 60.000 pesos.
* Se incorporan los nuevos magistrados del poder judicial que sean nombrados con posterioridad al 31 de diciembre de 2016.
* Se actualizan al doble los montos de facturación y precio de venta del Monotributo y se permite el ingreso en un plazo de un año.
* Se vuelven a cobrar las retenciones a la minería * Se grava la renta financiera: plazos fijos y lebac mayores a 1,5 millón de pesos y ganancias de capital e interés para otros activos financieros (excepto acciones e incluyendo compra venta de moneda extranjera) cuando la ganancia supere los 300.000 pesos.
* Se vuelven a gravar los dividendos, en 7,5 por ciento.
* Se grava con un adicional -cuando los convenios de doble tributación lo permitan- la remisión de utilidades al exterior.
* Se grava en un 7,5 por ciento las apuestas online y un 10 por ciento a las máquinas de juego (sobre el valor de las máquinas).
* Se gravan las Lebac en un 10 por ciento.
* Se crea un impuesto a los inmuebles improductivos y otro extraordinario a las ganancias por dólar futuro.

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