Uno de los beneficios más significativos que introdujo la reforma del Impuesto a las Ganancias aprobada a fines de diciembre pasado -después de una dura batalla política en el Congreso entre el oficialismo y la oposición- fue la deducción del alquiler de un inmueble, siempre y cuando el contribuyente no sea titular de alguna propiedad.
Pero ese cambio no fue el único. Para empezar, modificaron su nombre. De ahora en más es "Impuesto a los Ingresos". Además, sumaron cambios vinculados con las horas extra, feriados y viáticos para que no sean alcanzados por el impuesto y esto hará que la carga del tributo sea menor.
El cálculo para liquidar el aguinaldo es otro ajuste que habilitaron los legisladores durante el tratamiento de la reforma del gravamen. El empleador puede desde este año prorratear el impacto del salario anual complementario para que se vea menos resentido el bolsillo del trabajador.
Este contenido se hizo gracias al apoyo de la comunidad de El Destape. Sumate. Sigamos haciendo historia.
Como contrapunto, también se realizaron movimientos respecto de las cargas familiares. A modo de ejemplo, antes se podía realizar deducción de padres y hasta de suegros; a partir de ahora, ya no más: sólo se puede computar al cónyuge y a los hijos y/o hijastros.
A su vez, si bien ahora se podrá deducir el alquiler, este aspecto es de doble filo: por un lado repercute en un gran alivio para el inquilino, pero siempre y cuando logre consensuar con el propietario, porque en la práctica están resistiéndose a emitir la factura para evitar pagar más impuestos o, caso contrario, le trasladan el costo al inquilino.
Hasta el 31 de marzo hay tiempo para presentar el formulario F 572 Webe informar todas la deducciones del período 2016, pero también ya se pueden cargar las nuevas percepciones que corren desde 2017.
A continuación, las 8 deducciones que se pueden hacer del tributo:
1) Cuotas médico – asistenciales : cuotas o abonos a instituciones de Medicina Prepaga o aportes complementarios a obras sociales.
2) Primas de seguro para el caso de muerte.
3) Donaciones a los fiscos nacionales, provinciales y municipales, a las instituciones religiosas, asociaciones, fundaciones y entidades civiles, en tanto se encuentren reconocidas por la AFIP como exentas del impuesto a las ganancias. Las donaciones en efectivo, deberán ser efectuadas mediante depósito bancario, giro o transferencia bancaria, débito en cuenta a través de cajero automático, débito directo en cuenta bancaria, o débito directo en cuenta de tarjeta de crédito.
4) Intereses por Préstamos Hipotecarios: se puede deducir el importe de los intereses otorgados por la compra o construcción de inmuebles destinados a casa-habitación.
5) Gastos médicos y paramédicos: honorarios facturados por afuera de la cobertura y sin reintegro, se deduce el 40% del monto facturado.
6) Deducción del Personal de Casas Particulares: se descuenta importe de los aportes y sueldo, hasta el límite del importe al mínimo no imponible.
Novedades para 2017
7) Alquileres de inmuebles destinados a casa habitación, y siempre y cuando no resulte titular de ningún inmueble, cualquiera sea la proporción: Hasta 40 % del alquiler abonado con el tope mensual de $ 4330.
8) Carga de familia: sólo cónyuge y/o Hijo, hija, hijastro o hijastra menor de 18 años o incapacitado para el trabajo.
Las horas extra, feriados y viáticos ya no serán alcanzados por el impuesto
LEÉ MÁS
La reforma del impuesto a las Ganancias -que contó finalmente contó con el apoyo de parte de la oposición, de la CGT y de las provincias- elevó el mínimo no imponible y actualizó las escalas con el fin de quitarle presión fiscal a un sector de los asalariados registrados.
Con los cambios aprobados, el piso a partir del cual este año un trabajador soltero será alcanzado por Ganancias es de $27.941 en bruto, mientras que la cifra para un casado con dos hijos es de $37.000, siempre en bruto.
En el caso de las escalas, a partir de un sueldo bruto de $75.000 por mes, el empleado será alcanzado por la alícuota más alta, la cual llega al 35%.
Según estimó el Gobierno, unos 74 mil jubilados dejarán de pagar Ganancias a partir de la nueva ley.