El Tribunal Oral Federal 4 decidió prorrogar por un año la prisión preventiva del empresario Lázaro Báez, detenido desde abril de 2016 acusado de maniobras de lavado de dinero a través de la financiera SGI, conocida como "La Rosadita". La decisión del tribunal se produjo luego de que este martes el fiscal federal de juicio Abel Córdoba pidiera rechazar el pedido de excarcelación del empresario.
Los jueces Pablo Bertuzzi, Néstor Costabel y María Gabriela López Iñiguez dispusieron que Báez, que este jueves cumple dos años preso, siga con prisión preventiva por un año más, por los riesgos procesales que podría significar su liberación.
Para Costabel y Bertuzzi, "el mero paso del tiempo no determina que hayan desaparecido las circunstancias advertidas" por el juez Sebastián Casanello "a la hora de disponer el encierro anticipado de Báez".
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"Si bien el artículo 1 de la ley 24.390 -reformada por Ley 25.430- prevé que la prisión preventiva no podrá ser superior a dos años, también establece excepciones para los supuestos donde la cantidad de delitos imputados o la evidente complejidad de la causa hayan impedido el dictado de una sentencia en dicho plazo, supuesto en el cual se podrá prorrogar el encierro preventivo por un año más", recordaron. En un voto conjunto, los magistrados consideraron que se trata de "un proceso de inusitada complejidad y magnitud".
Además, evaluaron "se encuentra acreditada la alta capacidad económica obtenida durante el tiempo de los hechos imputados, el acceso por diferentes vías para salir del país, los vínculos que lograra con altos funcionarios públicos, la influencia que ejerciera sobre determinadas personas, entre otros, los que constituyen razones suficientes que abonan la probabilidad y verosimilitud en el entorpecimiento de la actividad jurisdiccional y la frustración del desarrollo del debate, tal como lo precisara la Fiscalía".
Lopez Iñíguez, por su parte, subrayó que "están sobradamente reunidas respecto de Báez razones de suficiente peso como para sostener fundadamente que la cantidad de hechos que se le imputan en el marco del ilícito del ´lavado de activos´, la particular complejidad y sofisticación de dichas maniobras y por ende las dificultades inherentes a su investigación".
"Si bien el imputado posee domicilio, familia, trabajo y en ese sentido podría decirse que tiene ´arraigo suficiente´, también es cierto que el comportamiento procesal observado durante la tramitación de la causa en la etapa anterior demostró que existieron, y no se ha acreditado que hubiesen desaparecido, indicadores objetivos de un intento de sustracción al proceso", manifestó la jueza.
La semana pasada, Báez había pedido su excarcelación a través de su abogado Esteban Balián, en base a que la ley establece el plazo de dos años como máximo para la prisión preventiva y que no existía peligro de fuga.
El empresario fue detenido el 5 de abril de 2016 por orden de Casanello, que advirtió sobre una posible maniobra de fuga, tras detectar un viaje en avión desde Río Gallegos a Buenos Aires del que no se había informado el plan de vuelo.