La Defensoría del Pueblo criticó que el fallo de la Corte alcance solo a usuarios residenciales

18 de agosto, 2016 | 19.54
La Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires opinó sobre el fallo emitido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre el aumento tarifario en el servicio público del gas. Para el organismo "se encuentra en debate un derecho humano" y marcaron que el hecho de que el fallo alcance sólo a los usuarios residenciales "es una interpretación restrictiva que hace la Corte sobre la legitimación procesal que tiene la asociación que interpuso el amparo".

A su vez, a través de un comunicado, señaló: "Esto no obstaculiza que colectivo de los restantes usuarios, como por ejemplo las entidades de bien público, empresas y comercios no alcanzados por el fallo, tengan la posibilidad de recurrir judicialmente en reclamo de sus derechos".

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La Defensoría marcó que "el Fallo establece la continuidad de la Tarifa social, aplicándose la que resulte más beneficiosa para el usuario". Y ratificó: "la necesidad de la efectiva aplicación de la ley 27218 de entidades de bien público y de la 27098 de clubes de barrio y de pueblos. Con la necesaria creación de cuadros tarifarios específicos".

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Las tarifas se retrotraen al cuadro tarifario anterior al aumento, razón por la cual el usuario que abonó la factura tendrá un crédito a su favor y el que no pagó deberá esperar a que llegue la nueva factura sin aumento.

El fallo insta al Congreso de la Nación a cumplir con la designación del Defensor del Pueblo de la Nación, lo cual fue ratificado en el día de hoy por la sala 3ra del fuero en lo Contencioso Administrativo Federal. Este es un reclamo permanente de ADPRA, que se ha expresado oportunamente en las elecciones nacionales del 2015 a través de una carta compromiso enviada a quienes eran en ese momento candidatos presidenciales.

Por último, el organismo presidido por Alejandro Amor ratificó el comunicado de los Defensores del Pueblo de la República Argentina de la reunión plenaria celebrada en la Ciudad de Corrientes el último 12 de agosto, sobre el cual el fallo de la Corte ha coincidido en la mayoría de sus puntos.