La Corte Suprema de Justicia convalidó la prisión preventiva de la líder de la Tupac Amaru, Milagro Sala, pero a la vez ordenó que se cumpla el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que ordenó prisión domiciliaria.
Según los jueces Lorenzetti, Rosatti, Highton y Maqueda, la prisión preventiva de Sala está justificada porque los hechos denunciados habrían sido realizados en el contexto de una organización con una modalidad de acción que "incluiría la intimidación" y teniendo además en cuenta las declaraciones prestadas en la causa por varias personas que "manifestaron tener miedo hacia la acusada y sentir temor por su seguridad y la de sus familias".
De este modo, la Corte Suprema concluyó que la prisión preventiva fue justificada por la máxima autoridad judicial local en la existencia de un entramado organizacional a disposición de la imputada, presuntamente utilizado para infundir temor por las consecuencias adversas de enfrentar sus intereses y, con base en constancias de la causa, se fundó suficientemente la sospecha razonable de que la acusada obstaculizará el proceso intimidando a los testigos o induciéndolos a falsear su declaración, a la luz de su capacidad para obrar en tal sentido.
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Sin embargo, el fallo mayoritario ordenó a su vez cumplir con lo dictado por la Corte Interamericana, que ordenó la prisión preventiva a Sala. La líder de la Tupac Amaru fue detenida hace casi dos años y la llevaron al penal de Alto Comedero, con una breve estadía en su domicilio luego de la orden del CIDH, posteriormente violada por la Justicia jujeña.
El único magistrado que falló en disidencia con este último punto fue el ex Cablevisión Carlos Rosenkrantz, que decidió remitirse solamente a las condiciones para la prisión preventiva y no fallar sobre la cuestión ordenada por la Corte Interamericana.