La Corte prorroga feria judicial, con Rosenkrantz al frente y sin tratar los casos de presos políticos

El máximo tribunal del país extiende la feria judicial hasta el 12 de abril. Queda a cargo Rosenkrantz, que ya se negó a tratar casos como el de Boudou pese a que la propia Corte estableció que debían resolverse los casos de presos.

01 de abril, 2020 | 13.13

En consonancia con la extensión oficial del aislamiento obligatorio, la Corte Suprema dispuso hoy la prórroga de la feria judicial extraordinaria hasta el 12 de abril. El presidente del tribunal, Carlos Rosenkrantz, continuará como autoridad durante la feria, por lo que su negativa a tratar casos de presos políticos como el de Amado Boudou se mantendrá a pesar de que el propio tribunal dispuso que eran cuestiones que debían resolver en este periodo

El acuerdo lo firmaron el propio Rosenkrantz, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, que regresó al 4to piso de la sede de Tribunales luego de cumplir con los 14 días de cuarentena que tuvo que cumplir por haber regresado de un viaje a Estados Unidos. Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti informaron su conformidad con la decisión pero desde la provincia de Santa Fé, cada uno en sus pagos: Rafaela y ciudad de Santa Fé, respectivamente.

En el texto de la acordada también le encomendaron a los tribunales de todo el país que designen sus propias autoridades de feria “para atender los asuntos que no admitan demora de acuerdo a los lineamientos expuestos en la Acordada nro. 6/2020”. Desde algunos tribunales pero sobretodo abogados y presos aún se preguntan porque la propia Corte no cumple esos lineamientos.

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El 20 de marzo, cuando decretó la feria judicial extraordinaria, la Corte detalló los temas sobre los que “se deberá tener especialmente en consideración”. En materia penal, dijeron que había que resolver “cuestiones vinculadas con la privación de la libertad de las personas”. Pero, tal como informó El Destape, Rosenkrantz decidió como autoridad de feria desestimar los pedido de libertad de Boudou bajo el criterio de que “no se configuran los presupuestos establecidos” por la propia Corte.

Quedó a la vista que el único criterio real de Rosenkrantz ahora y de la Corte hasta el momento previo a esta feria es el de legitimar los procesos de persecución judicial. En el caso de Rosenkrantz la cuestión es más obscena, ya que estas decisiones confirman que, en el caso Boudou, actúa en función de los intereses económicos de sus clientes, como el Grupo Clarín, dañados por el ex vicepresidente. En diálogo con El Destape Radio, lo resumió el ex miembro de la Corte Raúl Zaffaroni: "Rosenkrantz es la voz de Clarín"

Vale recordar que el máximo tribunal del país primero estableció días inhábiles con guardias mínimas y un desembolso aún más mínimo de su Fondo Anticíclico. Ante las críticas de jueces y sindicatos y las decisiones del Gobierno tuvo que adecuarse.

La extensión de la feria judicial extraordinaria mantendrá lo dispuesto por la Corte en su acordada anterior. Allí recordaron “las facultares privativas de los magistrados judiciales para llevar a cabo los actos procesales que no admitan demora o medidas que de no practicarse pudieren causar un perjuicio irreparable”.

El máximo tribunal hizo un detalle de los temas sobre los que “se deberá tener especialmente en consideración”. En materia penal, “cuestiones vinculadas con la privación de la libertad de las personas, violencia urbana y doméstica, delitos contra la salud pública -fundamentalmente las conductas que contravengan el sistema normativo de prevención y mitigación dispuesto por las autoridades nacionales competentes en el marco de la presente emergencia-, delitos migratorios, interrupción de las comunicaciones, delitos vinculados con el aprovechamiento de la calamidad, hábeas corpus, delitos contra las personas, contra la integridad sexual, contra la seguridad pública y contra el orden público”. En materia no penal, “asuntos de familia urgentes, resguardo de menores, violencia de género, amparos -particularmente los que se refieran a cuestiones de salud -

Los cortesanos también resolvieron que, de acuerdo al decreto 297 de Alberto Fernández que dispuso el aislamiento general, los tribunales que queden de feria “deberán reducir al mínimo la asistencia del personal estrictamente necesario”. El inciso 3 del artículo 6 del decreto que estableció el aislamiento obligatorio estableció que estaba exceptuado el “Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes”. La Corte agregó que “de ser posible, se convocarán las personas que habitan más cerca de la sede del tribunal”.

Un punto importante es que la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte “habilitará una dotación de personal suficiente para el desempeño de sus funciones (…) reforzando la participación remota de los profesionales para la atención de los casos que se presenten”.

La Corte también habilitó el trabajo desde sus hogares a los jueces, funcionarios y empleados “que no sean convocados a prestar servicio en los tribunales de guardia” y modificó la edad de grupos de riesgo, que en su anterior acordada había establecido en 65 años, pasándola a 60.

 

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