La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) señaló su preocupación frente al fallo de la Corte Suprema a favor del dos por uno a un genocida. El organismo autárquico de la Organización de los Estados Americanos (OEA) apuntó que la decisión se aparta de los estándares internacionales en la persecución de graves violaciones a los derechos humanos.
A través de un comunicado, remarcó que la "Corte Suprema de Justicia de Argentina decidió aplicar un cómputo que tiene por efecto reducir sensiblemente el tiempo en prisión de una persona que fue condenada por crímenes de lesa humanidad. A fin de tomar tal decisión, la Corte Suprema aplicó el artículo 7 de la Ley 24.390, la cual estuvo vigente de 1994 a 2001, conocida como 2x1, porque permitía que, luego de transcurridos los dos años de prisión preventiva permitidos por ley, se pudiera computar dos días de prisión por cada día transcurrido en detención sin sentencia definitiva. La Corte Suprema aplicó esta ley fuera del marco de su vigencia, ya que la persona favorecida por esta decisión estuvo detenida preventivamente a partir del 1 de octubre de 2007".
"La CIDH expresa su consternación por la interpretación y aplicación realizada por la Corte Suprema de Justicia porque el beneficio se aplica a la persona encontrada culpable y sentenciada a prisión por haber cometido un crimen de lesa humanidad", señaló el texto. Agrega además que "la obligación conforme al derecho internacional de enjuiciar y castigar a los perpetradores de cometer graves violaciones a los derechos humanos se desprende de la obligación de garantía prevista en la Convención Americana. Los delitos de lesa humanidad tienen una serie de características diferenciadas del resto de los delitos por los fines y objetivos que persigue, que es el concepto de la humanidad como víctima. Los Estados tienen por lo tanto la obligación internacional de no dejar impunes estos crímenes y asegurar la proporcionalidad de la pena. La aplicación del 2x1 u otros beneficios no deberían servir para desvirtuar la proporcionalidad de la pena para las personas responsables de crímenes de lesa humanidad. Su aplicación tornaría inadecuada la sanción que se impuso, lo cual es contrario a los estándares interamericanos de derechos humanos".
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"La CIDH celebra que la voz de las víctimas se ha hecho escuchar en la defensa de los importantes avances que se han hecho en la lucha contra la impunidad de las graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura. La CIDH saluda también a las organizaciones de la sociedad civil nacionales e internacionales y defensores y defensoras de derechos humanos por su importante labor para exigir el derecho a la verdad, a la justicia y a la reparación de estos graves crímenes del pasado, en el marco del estado de derecho y de una sociedad democrática vibrante", sentenció el comunicado oficial.
"La CIDH toma nota de la aprobación en el Congreso y promulgación de la Ley 27362, publicada en el Diario Oficial el 12 de mayo de 2017. La CIDH saluda lo establecido en el artículo 1, que establece que el beneficio del 2x1 no es aplicable a conductas delictivas que encuadren en la categoría de delitos de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra, según el derecho interno o internacional", explica el texto.