Fuentes judiciales confirmaron hoy que la Sala I de la Cámara, conformada por magistrados cuyos nombramientos cuestionó Pleé, desestimó por "manifiestamente inadmisible" el pedido del fiscal. Cabral fue desplazado por resolución 180/2015 del Consejo de la Magistratura, dictada el 25 de junio último, decisión que fue cuestionada en el ámbito judicial.
Pleé, quien intentó sin éxito que la Corte Suprema se avocara al caso, había impugnado ante la Cámara la conformación del tribunal porque, según expuso, violaba, entre otras, la garantía constitucional del "juez natural", ya que Cabral había participado del debate sobre la validez del Memorándum.
Vázquez, Boico y Frontini, camaristas de la Sala, coincidieron en que acceder al pedido del fiscal implicaría desconocer facultades políticas "taxativamente encomendadas al Consejo de la Magistratura de la Nación".
Agregaron que, desde la reforma constitucional de 1994, "lo concerniente a la cobertura, nombramiento y remoción de jueces federales es potestad privativa del Consejo de la Magistratura de la Nación, en concurrencia con los Poderes Ejecutivo y Legislativo".
Los camaristas consideraron, además, que reponer a Cabral como subrogante "importaría, por vía de superintendencia, asumir competencias que la ley no ha concedido al Tribunal y minar el reparto de incumbencias que cada agencia del Estado detenta".