La ANMAT prohibió un agua mineral, leche en polvo, dulces y aceites

La resolución se dio a conocer en el Boletín Oficial y abarca a diversos productos de consumo general. 

04 de octubre, 2019 | 10.25

Se publicó en el Boletín Oficial tres resoluciones de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) que especifica la prohibición de la comercialización de determinadas marcas de agua mineral, leche en polvo, dulces regionales y un aceite.

Según el Boletín Oficial publicado, el organismo prohibió a través de la Disposición 8130/2019, el agua marca Nativa, bajo sodio, Naturalmente Agua, debido a que el Departamento Provincial de Bromatología de la Dirección de Salud Ambiental de la provincia de Chubut por tratarse de un producto falsificado.

Además, prohibió la venta de "extracto de manzanilla, extracto de tilo, jugo de arándano, extracto de pasionaria y extracto de avena con stevia”, marca Camino de Vida, con el nombre de fantasía Releasing Stress, RNPA N°01045753, elaborado por el RNE N°01000250 y comercializado por Alimentos SA, localizado en calle San José 2423, Beccar, Provincia de Buenos Aires.

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El mismo documento especifica que, por estar mal rotulados y en consecuencia ser ilegal, la leche entera en polvo instantánea rica en Hierro, Zinc y Vitaminas D, A y C, peso neto 800 gr., marca Óptima, RNPA N° 21-447109 y una leche entera en polvo instantánea fortificada con Vitaminas A y D, peso neto 400 gr., marca Optima, RNPA N° 21-447108”, elaborados y envasados por SENASA S-I-05515 – RNE N° 21-442338, bajo el R.N.E. 21-442338, también quedaron prohibidas para su comercialización.

Productos regionales

Por falta de trámites de conformación de establecimiento, se prohibió la venta de los “Dulce Regional, producto santiagueño, Kinoto, marca Casero”, “Bombón de Nuez y Algarroba, marca Casero” y “Dulce Regional, Producto Santiagueño, Zapallo, marca Casero” elaboradas en la calle Garay 1958, en La Banda, Santiago del Estero.

También por mala rotulación se prohibió la venta del "aceite de oliva extra virgen, marca San Rafael de Cuyo, de Mendoza, Blend de diferentes varietales de aceituna, y envasado por San Rafael de Cuyo S.A., RNE 020-42365, RPPA N° 02175034, como asimismo de todo producto del RNE 020-42365.

Debido a la falta de datos sobre el importador del producto en Argentina, se prohibió todos los lotes de los productos médicos rotulados como: “BEAUTIFIL II 4.5 g/A2 PN1402/Manufacturer SHOFU INC. Japan/Material Restaurador Dental fotopolimerizable liberador de Flúor/Lote 041825/Vto. 2012-03-21, sin datos del importador/titular responsable en Argentina” y “BEAUTIFIL FLOW PLUS F00 2.2 g/A1 PN2001/Manufacturer SHOFU INC. Japan/Material de Radmuración Fluido Fotopolimerizable liberador de Flúor/Lote 021849/Vto. 2021-01-31”.