15 de abril, 2020 | 11.51

La AFIP avanza contra los argentinos con offshores

El organismo recaudador obligará a que los individuos registren empresas en el exterior que les generan ganancias financieras.

Para combatir la evasión de los más ricos, la AFIP avanza contra los argentinos con offshores. El organismo recaudador obligará a que los individuos registren empresas en el exterior que les generan ganancias financieras.

Como un ajedrez bien jugado, Mercedes Marcó del Pont utilizó a su favor la ley del blanqueo de Mauricio Macri, que había servido para que los multimillonarios "laven" legalmente su dinero oculto, incluida la familia del entonces presidente. Es que el instrumento que utiliza en la resolución general 4697/2020 se encuentra previsto en la ley 27.260 de 2016.

De esta forma, la AFIP implementará un registro de entidades pasivas en el exterior. Alcanza a quienes posean más del 50% de la participación en sociedades del exterior que obtenga una renta pasiva que supere el 50% de sus ingresos brutos. Esta puede ser generada por depósitos a plazo o inversiones financieras.

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Los argentinos que tengan este tipo de sociedades deberán informar una vez por año los datos que identifiquen a dicha entidad y su vinculación jurídica. A partir de ahora, presentarán la información de 2019, pero también la de 2016, 2017 y 2018. "La implementación del registro de entidades pasivas en el exterior ofrecerá así trazabilidad sobre las inversiones extranjeras registradas a lo largo de los últimos años", explicó el organismo a través de un comunicado.

Beneficiarios finales de empresas y ONGs en Argentina

La AFIP estableció en la misma resolución general que las compañías y ONGs registren a sus beneficiarios finales una vez al año. El nuevo régimen informativo busca transparencia al identificar a las personas que posean participaciones en sociedades, asociaciones civiles, fundaciones y fondos comunes de inversión.

Las sociedades deberán reportar información sobre todas las personas que posean capital o derechos de voto o que por cualquier otro medio, ejerzan su control directo o indirecto. Los datos sobre los beneficiarios finales serán independientes del porcentaje de participación que posean.

Esta norma reemplaza al que pedía las participaciones societarias pero que no indagaba sobre los beneficiarios finales. La decisión de la AFIP dificultará así maniobras de ocultamiento de información sobre los verdaderos dueños de las distintas personas jurídicas, entidades o estructuras.