El exministro de Planificación Julio De Vido pidió su libertad, luego de la publicación en el Boletín Oficial de los nuevos artículos del Código Procesal Penal que limitan la aplicación de las prisiones preventivas. El fin de la doctrina Irurzun puede cambiar el esquema judicial en los próximos meses.
Según revelaron fuentes judiciales al portal Infobae, la defensa de De Vido hizo dos planteos de excarcelción: uno ante el Tribunal Oral Federal 1, que había sido sorteado para llevar adelante la causa de Río Turbio, y otro ante el Tribunal Oral Federal 7, que fue asignado para el debate por el caso cuadernos.
De Vido está preso desde octubre de 2017, luego de perder sus fueros como diputado nacional. Ya cumplió dos años preso, límite previsto para una prisión preventiva, aunque es posible extenderlo un año más.
Un fallo de la Cámara Federal determinó que existían datos concretos que permitían presumir que “los lazos funcionales tejidos al amparo del acuerdo criminal se encuentran aún vigentes y pueden estar siendo utilizados en perjuicio de la investigación penal”. A eso se le llamó la doctrina Irurzun, que luego se replicó en otras causas penales.
“La implementación normativa en cuestión no hace más que echar por tierra aquella nefasta doctrina de los ‘lazos funcionales’ y los ‘poderes residuales’. Es evidente que tales metafóricas alusiones no pueden justificar nada en concreto, ni siquiera pueden explicarse significativamente”, sostuvo la defensa.
Los abogados Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro advirtieron: “Este pedido de libertad se interpone por expreso pedido de nuestro asistido como consecuencia de la correcta interpretación del cuadro fáctico de la causa –el que demuestra la absoluta falta de necesidad de la medida de restringir su libertad ambulatoria- y, en atención a los cambios legislativos que emergen de la resolución de la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del Código Procesal Penal Federal de fecha 13 de noviembre de 2019 (Nro. 2/19) que ha sido sancionada con fuerza de Ley y fuera publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina en el día de la fecha”.
Para los defensores del exfuncionario, "las normas implementadas reducen la discrecionalidad de los Jueces en torno a la constatación de los llamados ‘riesgos procesales’ ciñendo el análisis a pautas detalladas y concretas que no dejan margen alguno para su ‘creatividad’”.