La Procuradora General Alejandra Gils Carbódictaminó que deben mantenerse frenados los aumentos a las tarifas de gas dispuestos por el ministerio de Energía, en sintonía con el fallo de la Cámara Federal de La Plata. A partir de ahora, los jueces de la Corte Suprema se encuentran habilitados para dictar un fallo que, se supone, ocurrirá mañana.
El dictamen de Gils Carbó no es vinculante, lo que significa que los jueces supremos no están obligados a seguir los lineamientos que dispuso, pero sí es una fuente de consulta para que el máximo tribunal falle en un sentido o en otro.
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"El acceso al servicio básico del gas es indispensable para la continuidad de la actividad económica"
De acuerdo al Ministerio Público Fiscal, la falta de audiencias públicas antes de hacer efectivos los incrementos tarifarios afectan los derechos de los consumidores, consagrados en el artículo 42 de la Constitución Nacional.
Sin embargo, y en sintonía con el dictamen de 2014 de la procuradora subrogante Irma García Netto (que algunos medios le atribuyen falsamente a Gils Carbó), el MPF reconoce que es potestad del Poder Ejecutivo definir el cuadro tarifario de los servicios públicos.
"La falta de audiencia afecta los derechos de los consumidores"
Pero además, Gils Carbó advirtió que el actual cuadro tarifario, por ahora en suspenso podría afectar el acceso de usuarios y consumidores al servicio básico de gas, lo cual "pone en juego derechos humanos y fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional y en los instrumentos internacionales". Al respecto, señaló que "el acceso al servicio básico del gas es indispensable para la continuidad de la actividad económica de los comerciantes, las empresas —en especial, las pequeñas y medianas—, las fábricas recuperadas y las cooperativas, de las cuales depende en gran medida la conservación de las fuentes de trabajo".
"Las resoluciones 28/2016 y 31/2016 impusieron a los usuarios y consumidores un aumento significativo que impacta, de manera inmediata e irreversible, en el acceso a un servicio básico y en la planificación de gastos familiares y costos empresariales. Desde el punto de vista de los usuarios, ello descarta el carácter transitorio que le atribuyó el Estado Nacional a las medidas cuestionadas", agregó Gils Carbó.